STSJ Castilla y León , 24 de Enero de 2000
Ponente | JUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO |
ECLI | ES:TSJCL:2000:268 |
Número de Recurso | 1829/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
permiso de residencia a la recurrente.
SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a veinticuatro de Enero de dos mil. En el recurso número 1.829/1998, interpuesto por Dª. Rosario representada y defendida por el Letrado D. Antonio Payno Díaz de la Espina, contra Resolución de 10 de agosto de 1998 de la Subdelegación del Gobierno de Burgos por la que se desestima la solicitud del recurrente de concesión de permiso de residencia, habiéndose personado la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado en virtud de representación que por ley ostenta.
Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 27 de Octubre de 1998. Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma, por medio de escrito de fecha 28 de Diciembre de 1998 , que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que: "se anule la resolución objeto de este procedimiento, con todo lo demás que en justicia proceda".
Se confirió traslado de la demanda por término legal a la parte demandada, quien contestó a medio de escrito de 29 de Enero de 1999, oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.
Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día 21 de Octubre de 1999 para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.
la resolución recurrida se dicta, en base a la desestimación de la petición de Irene , para obtener el permiso de trabajo para la súbdita ecuatoriana, ahora recurrente Rosario y como empleada de hogar, dentro de la oferta de empleo previsto en el contingente aprobado para el año 1998. Se deniega tal permiso de trabajo en base a estimar que ya se había cubierto el cupo de trabajadores extranjeros previsto para la Provincia de Burgos. Y considerando la Subdelegación del Gobierno de Burgos, que sin el permiso de trabajo, decaen los medios lícitos de vida,...
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