STSJ Comunidad de Madrid 1076/2006, 29 de Junio de 2006

PonenteJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU
ECLIES:TSJM:2006:8250
Número de Recurso34/2006
Número de Resolución1076/2006
Fecha de Resolución29 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01076/2006

SENTENCIA Nº 1076

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

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En la Villa de Madrid a veintinueve de junio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 34/2006, interpuesto por la Letrada Sra. Sánchez Ulloa Villar en la representación que manifiesta de D. Carlos, contra el auto de fecha 10 de noviembre de 2005, dictado en el proceso abreviado nº 531/2005, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid, habiendo sido parte la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el proceso contencioso-administrativo de referencia el día 9 de junio de 2005, se dictó Auto cuya parte dispositiva establece: "Se acuerda la inadmisiòn de la demanda formulada por la Letrada Dª. ANA Mª SÁNCHEZ-ULLOA VILLAR designado por el turno de oficio, en nombre y representación de D. Carlos, impugnando la resolución de fecha 5-2-05, nº de expediente 2483, dictada por DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA; así como el archivo de las presentes actuaciones. No se hace expresa condena en costas".

Previamente, se había dictado providencias de 22 de septiembre de 2005, notificada al Letrado recurrente, por las que se le había conferido un plazo de diez días, bajo apercibimiento de archivo, para que subsanase el defecto de falta de representación por medio de comparecencia apud acta o poder notarial.

SEGUNDO

Contra dicha resolución, la Letrado Sra. Sánchez Ulloa Villar en la representación que manifiesta de D. Carlos, interpuso recurso de apelación en el que solicitada la revocación de la resolución recurrida.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 29 de junio de 2006.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acto administrativo impugnado en el recurso contencioso administrativo del que esta apelación trae causa es la denegación de entrada en España del acto, dictada en fecha 5 de febrero de 2005.

Presentado el escrito de interposición del recuso contencioso, por el Juzgado fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del Poder General para Pleitos requiriéndose al Letrado por Providencias de fechas 22 de septiembre de 2005, y 10 de octubre de 2005, para que aporte copia autorizada del poder general para pleitos o comparezca en la Secretaría del Juzgado al objeto de conferir apoderamiento apud acta en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de archivo de las actuaciones.

No habiéndose cumplimentado el citado requerimiento el Juez dictó auto acordando el archivo del...

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