STSJ Cataluña , 30 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA PILAR MARTIN COSCOLLA
ECLIES:TSJCAT:2001:15119
Número de Recurso2234/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 2234/97 Partes: D. Jesús María y D. Jose Ignacio C/ AYUNTAMIENTO DE PARETS DEL VALLES Coadyuvante: D. MANUEL AGUADO ROMERO SENTENCIA N°1192 Ilmos. Sres.

MAGISTRADOS:

D. JOSE JUANOLA SOLER Dª Mª DEL PILAR MARTIN COSCOLLA D. MANUEL TABOAS BENTANACHS En la ciudad de Barcelona, a treinta de noviembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

2234/97, interpuesto por D. Jesús María y D. Jose Ignacio , representados por la Procuradora Dª. Anna Camps Herreros y asistidos sucesivamente por los Letrados D. Jorge Vidal Chiribés, D. Antonio Diaz González y D. Francisco Moreno Martínez, contra AYUNTAMIENTO DE PARETS DEL VALLES, representado y asistido por el Letrado D. Jordi Pousa Engroñat; siendo parte coadyuvante D. MANUEL AGUADO ROMERO, representado y asistido por la Letrada Dª. Cristina Aymerich Fernández.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª DEL PILAR MARTIN COSCOLLA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Dª. Anna Camps Herreros, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución dictada por el Ayuntamiento de Parets del Vallés de fecha 17 de julio de 1997 por la que se desestima la solicitud presentada el día 1 de julio de 1997, referente a la suspensión de las obras que se realizaban en la finca sita en c/ DIRECCION000

n° NUM000 y el derribo de lo construido.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 8 de julio de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 16 de noviembre del año en curso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Jesús María y don Jose Ignacio impugnan la resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Parets del Vallés de fecha 17 de julio de 1997 por la que se desestima la solicitud presentada el día 1 de julio de 1997 referente a la suspensión de las obras que se estaban llevando a cabo en la finca de la c/ DIRECCION000 n° NUM000 y al derribo de lo construido, por disponer dichas obras de licencia municipal.

De lo actuado resulta que el Sr. Jesús María en fecha 25 de Abril de 1997, como afectado por la realización de las obras que se estaban efectuando en la finca colindante a la suya, solicitó información urbanística al Ayuntamiento, quien la emitió mediante informe de sus servicios técnicos de 12 de Mayo de 1.997. Entre otras cuestiones se hacía constar que las obras de referencia se llevaban a cabo en virtud de licencia otorgada en expediente 118/96.

No consta en el expediente ni se acredita por el Ayuntamiento en qué fecha se notificó este informe a los hoy actores, pero en cualquier caso en fecha 1 de julio de 1.997 don Jesús María solicitó la suspensión y derribo de las obras, así como que se le remitiera copia de las licencias de obras "118/96 y 245/96"; el Ayuntamiento contestó con el acto hoy recurrido limitado a desestimar su petición por disponer las obras de licencia municipal,...

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