STSJ Asturias , 8 de Junio de 2001

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:2677
Número de Recurso456/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 456 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 859 /1999 RECURRENTE/S: Gabriel RECURRIDO/S: INEM SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a ocho de Junio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. Dª.

MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Dª. Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 1.590/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Gabriel contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, dictada en proceso sobre Desempleo, y entablado por Gabriel frente al Instituto Nacional de Empleo, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Gabriel , cesó en la prestación de sus servicios por cuenta ajena, como trabajador en la empresa S.M. Duro Felguera, S.A. pasando a percibir prestaciones de desempleo durante el período de tiempo comprendido entre el 1 de febrero de 1.992 y el 20 de julio de 1.995, en cuantía total de 1.872.896 pesetas.

  2. - Durante el período de tiempo en que el actor percibió las prestaciones de desempleo, figuró en alta la Licencia Fiscal, como Agente Afecto, actividad que había ejercido con anterioridad y simultáneamente con su trabajo pro cuenta ajena, obteniendo ingresos en cuantía de 984.204 pesetas en el año 1.992, 1.075.469 pesetas en el año 1.993 y 1.00.982 pesetas en el año 1.994.

  3. - Previa la incoación del correspondiente expediente, el Instituto Nacional de Empleo, en resolución de fecha 15 de junio de 1.999, resolvió declarar indebida la percepción de prestaciones de desempleo, por una cuantía total de 1.872.896 pesetas correspondientes al período de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 1.992 y 20 de julio de 1.995.

  4. - Se agotó la reclamación previa y se interpuso la demanda el 20 octubre de 1.999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora disconforme con la sentencia de instancia formula recurso contra la misma y a tal efecto plantea en primer lugar la revisión de los hechos probados, amparándose para ello en el art. 191 b) Ley de Procedimiento Laboral concretamente solicita que se modifique el ordinal segundo con el fin de que figure en él que las cantidades percibidas por el demandante en el periodo en que se le abonaron prestaciones por desempleo lo fueron en concepto de comisiones por su cartera de seguros en base a actividades desarrolladas en años anteriores a Marzo de 1989,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR