STSJ Galicia 4603/2010, 20 de Octubre de 2010
Ponente | MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:9078 |
Número de Recurso | 3379/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 4603/2010 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:98118 4853/2155/2211
NIG: 32054 44 4 2010 0000633
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003379 /2010-CON
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 0000198 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 DE OURENSE
Recurrente/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
Abogado/a:
Procurador:
Graduado Social:
Recurrido/s: Gonzalo
Abogado/a: ENRIQUE JAR VARELA
Procurador: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO
Graduado Social:
ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR
ILMO. SR. D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO
ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS
En A CORUÑA, a veinte de Octubre de dos mil diez.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0003379/2010, formalizado por el/la D/Dª letrado del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 340/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OURENSE en el procedimiento DEMANDA 0000198/2010, seguidos a instancia de Gonzalo frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Gonzalo presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 340/2010, de fecha doce de Mayo de dos mil diez
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
El actor D. Gonzalo nacida el 7-10-1963, figura afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 encuadrado en el R.E.T.A. con la profesión habitual de carpintero metálico./
Iniciado expediente de invalidez se dicto resolución por la Dirección Provincial del INSS el 20-1-2010 denegando la prestación solicitada por no encontrarse el actor en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados, al ser las lesiones susceptibles de tratamiento. Interpuesta reclamación previa, fue asimismo desestimada por resolución de 18-3-2010, por la cual se confirme la impugnada./TERCERO.- El actor presenta objetivadas las siguientes lesiones: -ANTECEDENTES DE INTERVENCION QUIRURGICA DE HERNIA DISCAL LUMBAR L4-L5 IZQUIERDA EN FECHA DEL 31-03-09 REALIZANDOLE: HERMILAMINECTOMIA Y DISCECTOMIA L4-L5 IZQUIERDA. -ESPONDILOARTROSIS LUMBAR CON: DEGNERACION DISCAL L4-L5. DEGENERACION DISCAL L5-S1. -CAMBIOS POST-QUIRÜGICOS EN RELACIÓN CON HEMILAMINECTOMIA PARCIAL IZQUIERDA DE L4. PERDIDA DE LA ALTURA DEL DISCO VERTEBRAL L4-L5 CON CAPTACION LINEAL DE CONTRASTE DE SU PARED POSTERIOR COMPATIBLE CON CAMBIOS FIBROSOS PERIDISCALES POST-QUIRURGICOS. CERVICOARTROSIS AVANZADA CON DEGENERACION DISCAL MULTIPLE. -PROTRUSION DISCOOSTEOFITARIA POSTERIOR C3-C4. -PROTRUSION DISCOOSTEOFITARIA POSTERIOR C4-C5. -PROTRUSION DIS000STEOFITARIA POSTERIOR C5-C6. -ANIVEL C5-C6 PROVOCA: -COPROMISO BILATERAL DE LOS AGUJEROS DE CONJUNCION, LIGERO Y SUGIERE LA PRESENCIA DE CAMBIOS DEGENERATIVOS. -SIGNOS DEGENERATIVOS ARTICULACION ACROMIO- CLAVICULAR BILATERAL. -INSUFICIENCIA VERTEBRO-VASCULAR./ CUARTO.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 995,90 #.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
Que estimando la demanda interpuesta por D. Gonzalo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que el actor se encuentra afecto de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de carpintero metálico y en consecuencia, condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a abonar al actor una pensión vitalicia en cuantía del 55% de la base reguladora mensual de 995,90 #, con efectos económicos de 995,90 # y con aplicación de las mejoras y revalorizaciones que puedan producirse.
Con fecha 24 de mayo de 2010 se dictó auto de aclaración cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Debo aclarar y aclaro la Sentencia,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba