STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Febrero de 2003

PonenteMIGUEL ANTONIO SOLER MARGARIT
ECLIES:TSJCV:2003:966
Número de Recurso119/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación 119/2002 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Alicante Recurso 188/2001 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 126/2.003 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En Valencia, a siete de febrero de dos mil tres.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 119/2002, interpuesto contra la Sentencia n° 32/2002, de 11 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Alicante en el recurso contencioso- administrativo número 188/2001.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante la Generalidad Valenciana representada y defendida por Letrado de su Servicio Jurídico; y b) Como apelada, doña Amparo y doña Montserrat representada por la Procuradora doña Elena Gil Bayo y defendida por el Letrado don Alejandro Pérez-Marsá Mira; y Ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Fallo de la Sentencia apelada, dice:

"1.- Estimar en parte el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Dª Amparo y Dª

Montserrat contra; la resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana de fecha 20 de septiembre de 2001, por la que se desestimó el recurso de alzada interpuesto por las actoras contra las resoluciones del Director General de la Función Pública denegatorias de las solicitudes presentadas relativas a inscripción de datos en el Registro de Personal de la Generalitat Valenciana, sobre antigüedad en la Administración; reconociéndose a las actoras, como situación jurídica individualizada, el derecho a la anotación en el Registro de Personal el tiempo de servicios reconocido por la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, n° 4791/2000, de 23 de noviembre, por la que se desestimó el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 3 de Alicante el día 17 de julio de 2000. Desestimándose en todo lo demás. 2.- No hacer expresa imposición de costas."

Segundo

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR