STSJ Cataluña , 25 de Junio de 2001
Ponente | FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:8122 |
Número de Recurso | 44/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Rollo de apelación n° 44/2001 Partes: DELEGACIÓN DE GOBIERNO DE CATALUNYA C/ CONSELL COMARCAL DEL GARRAF SENTENCIA N° 71 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 44/2001, interpuesto por la Delegación de Gobierno de Catalunya, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra el Consell Comarcal del Garraf, representado por el Procurador D. Angel Montero Brusell y defendido por el letrado D. Josep Gomariz Meseguer. Ha sido Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSÉ
SOSPEDRA NAVAS, quien expresa el parecer de la SALA.
La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor:
"Que DESESTIMO el recurso interpuesto por la DELEGACIÓN)E GOBIERNO EN CATALUÑA contra el acuerdo del CONSELL COMARCAL DEL GARFAF, celebrado en el pleno de 23-12-98, publicado en el DOGO de 27-5-99, por considerarlo conforme a derecho, y todo ello sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas".
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en un solo efecto, por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como adelante la Delegación de Gobierno de Catalunya y como parte apelada la representación procesal del Consell Comarcal del Garraf.
Desarrollada la apelación y no habiéndose interesado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes para la presentación de conclusiones, que efectuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 21 de junio del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El recurso de apelación se interpone contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de Barcelona en fecha 15 de diciembre de 2000 que desestimaba el recurso interpuesto por el Abogado del Estado.
Se recurre por el Abogado del Estado alegando como motivo único la infracción de los ...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba