STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Enero de 2000
Ponente | ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA |
ECLI | ES:TSJM:2000:233 |
Número de Recurso | 1791/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. D. Miguel Ángel Conde Moreno Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 36.324 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO Nº 1791 de 1998 PONENTE Sr. Enrique Calderón de la Iglesia SENTENCIA Nº 23 Presidente Ilmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres.
D. Juan Ignacio González Escribano Dª Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a catorce de enero de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso nº 1791 de 1998 interpuesto por el Letrado don Miguel Ángel Conde Moreno en representación de don Juan Antonio contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 8 de junio de 1998 desestimatoria de recurso formulado contra liquidación de Tasa por retirada de vehículo de la vía pública, vehículo K-....-OD ; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut.
La cuantía del recurso es de 16.750 pesetas.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 24 de julio de 1998 contra el antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 12 de enero de 2000 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Enrique Calderón de la Iglesia.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Alega el recurrente, en primer lugar que la resolución impugnada es nula de pleno derecho por cuanto el órgano competente para dictarla es el Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, ya que el art. 68 del Real Decreto Legislativo 339/90 que aprobó el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial atribuye la competencia al Alcalde en el ejercicio de la potestad sancionadora, prohibiendo el art. 127 de la Ley 30/92 la delegación de la misma, y...
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