STSJ Comunidad de Madrid , 31 de Mayo de 2004

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2004:7102
Número de Recurso44/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00456/2004 APELACIÓN Nº 44 de 2004 Proc. Sr. Alberto Hidalgo Martínez Proc. Sr. Álvaro Rodríguez Rodríguez TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy S E N T E N C I A Nº 456 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Gervasio Martín Martín En Madrid a treinta y uno de mayo de dos mil cuatro.

Visto en grado de apelación el recurso 44 de 2004, ante esta Sección 4ª formada por los Srs. Magistrados anotados al margen el recurso contencioso administrativo seguido contra la sentencia dictada por del Juzgado de este orden nº 9 de los de Madrid, de fecha 13 de febrero de 2004 , por la que se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., contra Decreto de fecha 22 de MAYO de 2003 , dictado por el Excmo. Ayuntamiento de Móstoles, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones, relativas al ejercicio 0, en concepto de Tasa por Ocupación de la Vía Pública con cajeros automáticos; siendo Magistrado Ponente, el Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los mencionados autos recayó Sentencia de fecha 16 de junio de 2002 cuya parte dispositiva dice: "

FALLO

Que desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Alberto Hidalgo Martínez en nombre y representación del Banco Santander Central Hispano, S.A., contra Resolución de la Concejala de Hacienda, Interior y Patrimonio del Ayuntamiento de Móstoles de fecha 22 de mayo de 2003 por la que se desestima recurso de reposición presentado contra las liquidaciones giradas en concepto de Tasa por aprovechamiento del domino público local por parte de establecimientos mercantiles mediante la instalación junto a la vía pública de cajeros, taquillas, mostradores u otros elementos para despacho de bienes o servicios comerciales, por un importe de 7.272,39 euros".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso en tiempo y forma el recurso de apelación que autoriza la Ley 29/98 que fue admitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, dando traslado a las partes personadas para formular oposición la cual fue presentada oponiéndose al recurso.

Y cumplidos dichos trámites el Juzgado acordó la elevación de los autos a esta Sala de lo Contencioso...

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