STSJ Asturias , 14 de Febrero de 2003
Ponente | MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2003:688 |
Número de Recurso | 676/2002 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0101057 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 676 /2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: INSALUD, TGSS RECURRIDO/s: Donato , TGSS TESORERIA GENERAL DE LA SEGURI JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 3 de GIJON DEMANDA 778 /2001 Sentencia número: 445/03 Ilmos. Sres.
D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ En OVIEDO a catorce de Febrero de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 676 /2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL en nombre y representación de INSALUD, TGSS, contra la sentencia de fecha, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 3 de GIJON en sus autos número DEMANDA 778 /2001, seguidos a instancia de Donato frente a INSALUD, TGSS parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación por Alta continuada, siendo Magistrado-Ponente la Iltma. Sra Dª Mª Eladia Felgueroso Fernández, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha 28 de diciembre de 2.002 por la que se estimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
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- Ha quedado probado que D. Donato el 2 de Octubre de 1.999 fue nombrado por el INSALUD con carácter eventual y como ATS. para reforzar y prestar atención primaría continuada en el Consultorio de Posada de Llanes-Asturias.
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- El nombramiento estatutario establece que no dará derecho a ocupar plaza de plantilla, ni adquirir en ningún caso la condición de titular en propiedad en las Instituciones Sanitarias Públicas, así como el cese cuando varíen las circunstancias que lo motivaron.
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- El Insalud da de Alta en la Seguridad Social al actor los días en que presta servicios y de baja cuando finaliza la prestación cotiza por los días que presta servicios con independencia de la hora de comienzo y finalización de la prestación.
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- El actor viene prestando servicios los fines de semana y festivos de 8 h de un día a 8 h del siguiente, que abarcan desde las 8 h del sábado hasta las 8 h del lunes durante los fines de semana.
Cuando por circunstancias imprevistas debe prestar los servicias en días de semana no festivos el horario está fijado desde las 17 h de un día a 8 h del siguiente.
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- El actor solicitó de la Tesorería General de la Seguridad Social el alta continuada en el Régimen General de la Seguridad Social y obtuvo desestimación de la solicitud, incluso en respuesta a la reclamación previa por él planteada.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.
Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.
La sentencia de instancia estimó las pretensiones deducidas en la demanda declarando el derecho del actor a permanecer de alta continuada en el Régimen General de la Seguridad Social en tanto preste servicios en base al nombramiento efectuado por el Instituto...
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