STSJ Islas Baleares , 22 de Mayo de 2001

PonenteJESUS IGNACIO ALGORA HERNANDO
ECLIES:TSJBAL:2001:802
Número de Recurso458/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM. 546 ILMOS PRESIDENTE D. Jesús I. Algora Hernando.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Palma de Mallorca, a 22 de Mayo de dos mil uno. VISTOS por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos número 458 de 1.998, dimanantes del recurso contencioso administrativo seguido ente partes, de una como demandante DON Paulino , representado y asistido por la Procurador de los Tribunales SRA. SALOM SANTANA y por el Letrado SR. WENCELBLAT DEAS, y como Administración demandada CONSELL INSULAR DE MALLORCA, representada y asistida por la Procurador de los Tribunales SRA. VIDAL FERRER y por el Letrado SR. OLEZA SERRA DE GAYETA.

El objeto del recurso es la Resolución del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de fecha 2 de febrero de 1.998, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra Acuerdo de la Comisión Insular de Urbanismo, de 17 de diciembre de 1.996, por el que se denegaba autorización previa de declaración de interés social en suelo no urbanizable, solicitada para almacenamiento y venta de material de construcción en el polígono catastral NUM000 (Parcelas NUM001 y NUM002), término municipal de Sineu.

La cuantía se fijó en Indeterminada.

El procedimiento se ha seguido por los trámites de Ordinario.

Ha sido MAGISTRADO PONENTE el Presidente de la Sala Ilmo. Sr. Dº. Jesús I. Algora Hernando, quién expresa el parecer de la misma.

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ANTECEDENTES DE HECHO

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  1. - Interpuesto el recurso en el plazo prefijado en la Ley Jurisdiccional se le dio el trámite procesal adecuado, ordenándose reclamar el expediente administrativo y anunciar su incoación, mediante edictos en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

  2. - Recibido el expediente administrativo se puso de manifiesto el mismo en Secretaría a la parte recurrente para que formulara su demanda dentro del plazo legal, lo que así hizo, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó precisos en orden a sus pretensiones, suplicando a la Sala se dictara sentencia estimatoria del mismo por ser contrarios al (ordenamiento jurídico los actos administrativos impugnados.

  3. - Dado traslado del escrito de demanda a la representación de la Administración demandada para que la contestara, así lo hizo en tiempo y forma, oponiéndose a la misma y suplicando se dictara sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

  4. - Por providencia se declaró conclusa la discusión escrita ordenándose traer los autos a la vista, con citación de las partes para sentencia, acordándose que las mismas formularan sus conclusiones por escrito; lo que así hicieron, señalándose a continuación, para la votación y el Fallo, el día 21 DE MAYO DE 2.001

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo el examen de legalidad de la Resolución del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de fecha 2 de febrero de 1.998, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra Acuerdo de la Comisión Insular de Urbanismo, de 17 de diciembre de 1.996, por el que se denegaba autorización previa de declaración de interés social en suelo no urbanizable, solicitada para almacenamiento y venta de material de construcción en el polígono catastral NUM000 (Parcelas NUM001 y NUM002), término municipal de Sineu, en base a los informes jurídicos que se acompañaban, que en resumen, señalaban que, dicha denegación se apoyaba en que las instalaciones y actividades eran impropias del medio rural y que podían ubicarse en un suelo industrial, o en un suelo urbano no residencial.

Frente a la legalidad de los precedentes actos administrativos la parte actora en su demanda, para solicitar la anulación de los mismos y se declare el interés social del proyecto instado ante el Ayuntamiento de Sineu para la instalación, en suelo año urbano, de una explotación de cementerio de vehículos y almacén de construcción, después de indicar; a) que de los antecedentes...

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