STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Enero de 2004
Ponente | MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO |
ECLI | ES:TSJM:2004:353 |
Número de Recurso | 923/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00027/2004 RECURSO Nº 923/98 SENTENCIA Nº 27 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:
Presidente:
D. Javier Eugenio López Candela Magistrados:
Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Juan Fco López de Hontanar Sánchez D. Migue Angel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos D. Enrique Calderón de la Iglesia En la Villa de Madrid a dieciséis de enero de dos mil cuatro.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso Contencioso- Administrativo número 923/98 interpuesto por SUPERMERCADOS CHAMPION, S.A. representada y asistida por Proc. Lourdes Fernández- Luna Tamayo contra el Decreto de 13 de enero de 1998 dictado por el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra el Decreto del Concejal Delegado del Area de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Madrid de 31 de octubre de 1997 que impuso una sanción de 105.000 Ptas.
Siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE MADRID representada por el Proc. Granados Bravo.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda por escrito de fecha 10 de noviembre de 2001, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, anulando el acto administrativo recurrido.
Que asimismo se confirió traslado al Procurador de la parte demanda, para contestación a la demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo el día 15 de enero de 2004 a las 10:00 horas de su mañana en que tuvo lugar.
Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Migue Angel García Alonso.
Es objeto del presente recurso determinar la conformidad a derecho del Decreto del Concejal Delegado del Area de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Madrid de 31 de octubre de 1997 que impuso una sanción de 105.000 Ptas.
La parte recurrente fundamenta su pretensión impugnatoria en primer lugar en la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SJCA nº 1 247/2023, 4 de Julio de 2023, de Ceuta
...de iniciación, ya que ello iría en contra del principio de seguridad jurídica. Y, en cuanto al dies ad quem, como señala la STSJ de Madrid de 16 de enero de 2.004, ha de ser la fecha en la que se produce la notificación del Decreto de incoación del procedimiento sancionador, por cuanto dic......