STSJ Andalucía , 14 de Diciembre de 2001

ECLIES:TSJAND:2001:17812
Número de Recurso2206/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 SENTENCIA Nº DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA En la Ciudad de Málaga a catorce de diciembre de dos mil uno.- Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, por el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ DE VICENTE GARCÍA, en virtud de lo dispuesto en el punto 2 de la Disposición Transitoria Única de la Ley Orgánica 6/1.998, de 13 de Julio ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 2.206 del año 1.996, interpuesto por ESPACIO PUBLICIDAD EXTERIOR, S.A., representado por el Procurador Dª. MARIA ANGUSTIAS MARTÍNEZ SÁNCHEZ MORALES, y asistido por Letrado, contra EL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA, representado por el Procurador Dª. ROCÍO GARCÍA CARBALLO, y asistido de Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sra. Martínez Sánchez Morales, en representación de Espacio Publicidad Exterior, S.A., se interpuso recurso contencioso administrativo contra las resoluciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Málaga, de fechas 16 de abril y 23 de julio 1.996, registrándose el recurso con el número 2.206 del año 1.996 y de cuantía 720.000 pesetas.

SEGUNDO

Admitido a trámite, anunciada su incoación y recibido el expediente administrativo se dio traslado a la parte actora para deducir demanda, lo que efectuó en tiempo y forma mediante escrito, que en lo sustancial se da aquí por reproducido, y en el que se suplicaba se dictase sentencia "dejándose sin efectos dichas resoluciones por contrarias al ordenamiento jurídico".

TERCERO

Dado traslado al demandado para contestar la demanda, lo efectuó mediante escrito, que en lo sustancial se da por reproducido en el que suplicaba se dictase sentencia "por la cual se declare ajustada a derecho el acuerdo impugnado, desestimando el recurso, con imposición de las costas a la recurrente".

CUARTO

Recibido el juicio a prueba fueron propuestas y practicadas las que constan en sus respectivas piezas, y no siendo necesaria la celebración del vista pública, pasaron los autos a conclusiones, que evacuaron las partes en tiempo y forma mediante escritos que obran unidos a autos, señalándose seguidamente día para votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las exigencias legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la impugnación de sendas resoluciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Málaga, de fechas 16 de abril y 23 de julio de 1.996, expedientes nº 11/95-S, 12/95-S y...

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