STSJ Cataluña , 2 de Junio de 2001
Ponente | EMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:6751 |
Número de Recurso | 3001/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso n° 3001/96 Partes: D. Ricardo C AYUNTAMIENTO DE QUART SENTENCIA N° 587 Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BERLANGA RIBELLES Dª CELSA PICO LORENZO D. JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ CRUZAT Dª NÚRIA CLERIES NERIN Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA D. DIMITRY BERBEROFF AYUDA En la ciudad de Barcelona, a dos de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION SEGUNDA), constituida para la resolución de este recuso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 3001 /96, interpuesto por D. Ricardo , representado y defendido por el Procurador D. ISIDRO MARÍN NAVARRO, contra EL AYUNTAMIENTO DE QUART, representado por el Procurador D. JORDI BASSEDAS BALLÚS, defendido por el letrado D. MIGUEL ANGEL VILLACAMPA ESTER.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BERLANGA RIBELLES, quien expresa el parecer de la SALA.
El Procurador citado, actuando en nombre y representación de a parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de 3-6-96 por la que se deniega lo solicitado respecto al procedimiento de revisión de las licencias de obras.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste en los términos que aparecen en los mismos.
Por auto de 16 de julio de 1997, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora y demandada, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 30 de mayo del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Somete el actor a control de legalidad en este proceso contencioso administrativo acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Quart, que, en sesión tenida el 30 de junio de 1996, resolvió:
"Primer: Desestimar la petició formulada pel Sr. Ricardo d'iniciar procediment de revisió de ofici de les llicències de obres en que es fonamenten les obres per ell relacionades en el seu escrit de data 9 de gener d'enguany.
Comunicar al Sr. Ricardo que els expedients de llicències d'obres esmentats es troben a la seva disposició a la Secretaria de la Corporació per a la seva consulta".
Había, en efecto, un escrito de fecha 9 de enero de 1996, D. Ricardo interesado del Ayuntamiento de Quart la declaración de nulidad de pleno derecho de toda una serie de licencias de obras concedidas por éste, y que en el escrito se detallaban, y la suspensión de todas las obras que no estuvieran amparadas por licencia...
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