STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Enero de 2004

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2004:241
Número de Recurso62/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1 ALBACETE SENTENCIA: 00028/2004 Recurso nº 62/2001 CUENCA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº 28 En Albacete, a veintisiete de Enero de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 62/2001 del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de DOÑA Angelina , mayor de edad, vecina de Cuenca y con D.N.I. nº NUM000 , representada por la Procuradora Doña Julia Palacios Piqueras y dirigida por el Letrado Don Julián Monedero Palacios, contra la Diputación Provincial de Cuenca, representada por el Procurador Don Francisco Ponce Riaza y dirigida por el Letrado Don Enrique Urgorri Casado; en materia de responsabilidad patrimonial. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado, Don Miguel Angel Pérez Yuste.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 18 de de Enero de 2001 , recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación por responsabilidad patrimonial formulada contra la Diputación Provincial de Cuenca.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que con estimación de la demanda, se declare la responsabilidad patrimonial de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca en las lesiones sufridas por el demandante en sus bienes y derechos y se condene a la Administración demandada a abonar a esta parte una indemnización de 10.000.000 de pesetas por los daños producidos en los términos expresados "ut supra", la condena en costas a la Administración demandada y todo ello por cuanto más proceda en Derecho.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que desestime íntegramente el recurso de contrario interpuesto, y todo ello con expresa imposición de las costas a la recurrente.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 23 de Enero de 2004, en que tuvo lugar.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se impugna la desestimación por silencio administrativo de la reclamación por responsabilidad patrimonial formulada contra la Diputación Provincial de Cuenca por cuantía de 10.000.000 de pesetas en que la actora, Doña Angelina valoró los daños y perjuicios causados; concretamente, 180.000 ptas., de gastos en preparación de oposiciones, 173.000 ptas., en concepto de gastos de abogado y el resto en concepto de daño moral.

La base impugnatoria está en la Sentencia de 28 de Abril de 1999 dictada en el Recurso 2.212/1996 de la Sección 2ª de esta Sala por la que se estimaba el Recurso iniciado por CC.OO de Castilla-La Mancha y se declaraban nulos el Decreto nº 7093 de la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca de 9 de Octubre de 1996, por el que se disponía la convocatoria de plazas de oferta pública de empleo para 1996, y el Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de Cuenca de 26-IX-1996 en lo referido a las bases de la convocatoria, por considerar, y este sería el título de imputación de la responsabilidad, que la actuación administrativa fue contraria a Derecho por los motivos que en la Sentencia y demanda se exponen. A resultas de...

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