STSJ Murcia , 8 de Enero de 2000

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2000:9
Número de Recurso1147/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº1.147/97 SENTENCIA nº18/2000 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA Constituida por el Magistrado Iltmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, actuando unipersonalmente de acuerdo con lo establecido por la disposición transitoria única numero dos de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio .

ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº18/2000 En Murcia a ocho de enero de dos mil. En el recurso contencioso administrativo nº1.147/97 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 10.000 ptas, y referido a: Infracción de circulación urbana.

Parte demandante: Don Joaquín representado y dirigido inicialmente por la Letrada Doña Ana María Pertuza Pérez.

Parte demandada: Ayuntamiento de Murcia representado por la Procuradora Dña Josefa Gallardo Amat y defendido por la Letrada Dña Carmen Durán Hernández-Mora.

Acto administrativo impugnado: Decreto de Resolución de 14 de abril de 1997 dictado por el Teniente Alcalde de Seguridad, Protección Civil, Tráfico y Consumo de Murcia, que impuso al actor una multa de 10.000 ptas por estacionamiento en una intersección.

Pretensión deducida en la demanda:

1) Se proceda a la anulación de la resolución del expediente 5821/97.

2) Subsidiariamente: A) Se retrotraiga el procedimiento al momento en que se ha producido infracción del procedimiento. B) Se proceda a la disminución de la cuantía de la sanción que como máximo deberá de ser de 4.000 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 14 de mayo de 1997 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

No ha habido recibimiento del proceso a prueba.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones quedaron pendientes las actuaciones de señalamiento para votación y fallo, constituyéndose la Sección con un solo Magistrado para conocer del proceso por ser de los atribuidos por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, y estar pendiente ante la misma en el momento de entrada en vigor de la citada Ley. QUINTO.- Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes:

El actor fue sancionado por el Teniente Alcalde de Seguridad, Protección Civil, Tráfico y Consumo de Murcia con una multa de 10.000 ptas. por una infracción del art.38 de la LSV cometida el 05 de febrero de 1997 en la Plaza Circular a Avda.Constitución, frente B.Comercio, de Murcia, consistente en "estacionar en una intersección salida de Carril-Bus, dificultando el paso de autobuses". El actor no hizo alegaciones, interponiendo el presente recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Los motivos de impugnación alegados por el actor son los siguientes:

1) Nulidad del procedimiento porque el Decreto de la Alcaldía establece para el supuesto de infracción del art.49 las calificaciones de...

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