STSJ Comunidad de Madrid 616/2006, 18 de Abril de 2006

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2006:4410
Número de Recurso174/2005
Número de Resolución616/2006
Fecha de Resolución18 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAJOSE LUIS QUESADA VAREAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00616/2006

S E N T E N C I A N° 616

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte

Magistrados:

Dña. Angeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

Doña Berta Santillán Pedrosa

D. José Luis Quesada Varea

Dña. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

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En la Villa de Madrid a dieciocho de abril de dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 174/2005, interpuesto por Dña. Carina asistido del Letrado D. Antonio Sánchez Isla, contra la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2004, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 13 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 257/2004 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 13 de Madrid, dictó sentencia con fecha 18 de noviembre de 2004 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por Dña. Carina, contra la resolución deL Delegado del Gobierno en Madrid de 3 de febrero de 2004 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la Jefatura Superior de Policía de Madrid de 26 de julio de 2002, en la que se deniega el permiso de residencia temporal solicitado el 12 de julio de 2001, debo declarar y declaro que las mencionadas resoluciones son conformes a derecho".

SEGUNDO

El letrado D. Antonio Sánchez Isla, en nombre y representación de Dña. Carina interpone recurso de apelación contra la citada sentencia.

TERCERO

La sección no consideró oportuna celebración de vista, ni otro trámite, quedando los autos pendientes de deliberación y sentencia, señalándose para votación y fallo el día 28 de febrero de 2006.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Berta Santillán Pedrosa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 13 de Madrid en el procedimiento abreviado nº 257/2004 que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución dictada por la Delegación del Gobierno en Madrid de fecha 3 de febrero de 2004 que confirma en reposición el recurso interpuesto contra la resolución dictada por la Dirección General de la Policía de fecha 26 de julio de 2002 que deniega el permiso de residencia temporal por arraigo solicitado por Dña. Carina y ello porque no ha acreditado suficientemente la situación de arraigo.

SEGUNDO

La parte apelante funda su recurso de apelación en que la Administración le ha causado indefensión pues, al amparo de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , debió requerir a la interesada para que subsanase las deficiencias de su escrito de solicitud. Además, expresa que la resolución administrativa impugnada es un mero formulario sin motivación ni fundamentacion. Finalmente afirma que cumple el requisito del arraigo pues tiene residencia continuada en España desde 1999, como así se acredita de su pasaporte y del certificado de empadronamiento; esta integrada en el mercado laboral, teniendo...

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