STSJ Castilla y León , 11 de Junio de 2003

PonenteMARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
ECLIES:TSJCL:2003:3032
Número de Recurso236/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo núm. 236/02 DIMANANTE DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 518/2001 JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N° 1 DE LEÓN TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 714 ILTMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a once de junio de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, el presente rollo de apelación con registro 236/02, en el que son partes:

Como apelante: D. Pedro Antonio , representado en la instancia por el Letrado Don Luis Martínez González.

Como apelado: El Ayuntamiento de Santas Martas (León), que no ha comparecido en los autos.

Siendo la resolución impugnada la sentencia de dieciocho de mayo de dos mil dos, dictada en el Procedimiento Abreviado núm. 518/2001 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 1 de León.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El expresado Juzgado dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Debo declarar y declaro la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo núm. 518-01 interpuesto por la representación de D. Pedro Antonio contra las liquidaciones del Ayuntamiento de Santa Martas (León), y relativo a las contribuciones especiales mencionadas en el encabezamiento de la presente resolución, sin hacer imposición de las costas causadas en el proceso".

SEGUNDO

Contra esta resolución interpuso recurso de apelación la representación procesal de Don Pedro Antonio , dictada resolución acordando la admisión del citado recurso, el Juzgado elevó los autos y el expediente a esta Sala.

TERCERO

Formado rollo y acusado recibo a la remitente, se designó ponente a la Iltma. Sra. Magistrada Doña MARIA ANTONIA LALLANA DUPLÁ.

Al no practicarse prueba ni haberse celebrado vista o conclusiones, el pleito quedó concluso para sentencia, señalándose para votación y fallo el pasado día diez de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que declara la inadmisibilidad del recurso interpuesto frente las liquidaciones de contribuciones especiales giradas a D. Pedro Antonio por el Ayuntamiento de Santas Martas al considerar que éste no interpuso el preceptivo recurso de reposición frente a las mencionadas liquidaciones, sin que por tanto se haya agotado la vía administrativa, alza su recurso de apelación la representación procesal de la parte actora argumentando que sí interpuso recurso de reposición contra las referidas liquidaciones y que ante el silencio de la Administración, impugnó en plazo ante esta vía jurisdiccional la desestimación por silencio del citado recurso alegando entre otros motivos de fondo el que careciendo el actor de la condición de sujeto pasivo de las mencionadas contribuciones las liquidaciones...

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