STSJ Cataluña , 20 de Diciembre de 2000

PonenteFELIX VICENTE AZON VILAS
ECLIES:TSJCAT:2000:16171
Número de Recurso6407/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6407/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL F.S. ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMO. SR. D. FÉLIX V. AZÓN VILAS En Barcelona a 20 de diciembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 10447/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Evaristo frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº8 Barcelona de fecha 11 de abril de 2000 dictada en el procedimiento nº 1309/1999 y siendo recurrido/a Claudio y Otro, MINISTERIO FISCAL y Comite de empresa ACESA. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo.

Sr. D. FÉLIX V. AZÓN VILAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de diciembre de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Tutela de derechos fundamentales, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma.

Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11 de abril de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Dº Evaristo , contra Dº Claudio , Dº

Baltasar , EL COMITÉ DE ACESA, ZONA 2 Y EL MINISTERIO FISCAL, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados en su contra.".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor Dº Evaristo , con DNI nº NUM000 , ha venido prestando servicios para la empresa AUTOPISTAS CONCESIONARIAS ESPAÑOLAS, S.A. (ACESA), desde el 21 de noviembre de 1980, con categoría profesional de cobrador B y salario diario de 10.300 pts. SEGUNDO.- En las elecciones sindicales celebradas en la empresa ACESA en fecha 19 de enero de 1999 el actor fue elegido miembro del Comité de Empresa para el centro de trabajo "Zona 2", a través de una candidatura independiente (fol. 69), candidatura que posteriormente se constituyó en el sindicato Unión de Trabajadores Independientes de Autopistas (UTIA) (fol.37).

En la primera reunión del Comité de Empresa celebrada el día 26 de enero de 1999 el actor fue elegido Presidente del Comité con un número de votos a favor de seis de un total de nueve. (fol.71).

TERCERO

El día 26 de noviembre de 1999, los miembros del Comité de Empresa fueron convocados por la empresa ACESA a fin y efecto de hacerles conocedores de las personas que integrarían el nuevo equipo de trabajo del área de Recursos Humanos, reunión a la que acudieron todos los miembros del Comité de Empresa.

CUARTO

Concluído el acto de la presentación referido en el hecho probado precedente, los miembros del Comité de Empresa presentes en ese momento, siendo los mismos un total de ocho, habiéndose ausentado el Sr. Gaspar por decisión mayoritaria y mediante votación de carácter urgente de los miembros presentes, a excepción del actor y del Sr. Íñigo , procedieron a renovar los cargos de Presidente y Secretario del Comité de Empresa, siendo elegidos para el cargo de Presidente con un total de seis votos a favor de los ocho totales Sr. Claudio y para el cargo de Secretario con un total de cuatro votos a favor de un total de ocho, Sr. Baltasar (fol. 29, confesión en juicio del actor, testifical Sr. Íñigo y Gaspar).

QUINTO

En fecha 1 de diciembre de 1999 el actor acudió a la reunión que se celebró en Martorell y en la que se reunieron presidentes y secretarios de los comités de zona, además de los representantes de las secciones sindicales de CCOO y de UGT, reuniones que asimismo permiten el acceso a trabajadores de ACESA. En la indicada reunión el actor participó y expresó opiniones como representante de UTIA.

Las indicadas reuniones no tienen por objeto tomar decisiones, sino que son reuniones de coordinación. (fol. 33, testifical...

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