STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Mayo de 2003

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2003:8063
Número de Recurso246/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

(Rº 246/00)

Ltdo. Sra. Guerrero Ankersmit A. del E. Proc. Sr. Gandarillas Carmona TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO Nº 246 de 2000 PONENTE SR. Valeriano Palomino Marín S E N T E N C I A Nº 762 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Juan Pedro Quintana Carretero D. José Tomé Paule En Madrid a veintitrés de mayo de dos mil tres Visto el recurso nº 246 de 2000 interpuesto por la Comunidad de Madrid representada por su Abogacía contra el fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid (TEAR) que estimó la reclamación interpuesta contra la notificación del resultado del expediente de comprobación de valores por el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados; habiendo sido parte la Administración estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado como demandado, y como codemandado don Diego , representado por el Procurador don Santos de Gandarillas Carmona y defendido por el Letrado don Guillermo Feal Veira.

La cuantía del recurso es inferior a 25.000.000.- de pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la recurrente indicada se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 18 de febrero de 2000 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazada para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando se dicte Sentencia que declare la nulidad de la resolución recurrida y confirme la declaración de valores realizada y, subsidiariamente anula la resolución recurrida, ordenando se retrotraigan las actuaciones al momento anterior a la notificación de la misma, a fin de que pueda llevar a cabo nueva notificación de la Comprobación de valores realizada que contenga una motivación más detallada y completa.

SEGUNDO

Las representaciones procesales de las partes demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en los que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo: el Abogado del Estado la inadmisión o, en su defecto, la desestimación del presente recurso, con imposición de costas a la parte actora; y el codemandado que sean desestimadas las pretensiones de la recurrente.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, ni conclusiones, se señaló para deliberación y fallo del recurso el día 16 de mayo en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del TEAR de Madrid que estimó las reclamaciones económico administrativas deducidas por los herederos de determinados inmuebles y, en consecuencia, anuló la liquidación girada a cargo de este último por el Impuesto de Sucesiones y confirmó íntegramente la autoliquidación por él presentada. La liquidación anulada trae causa de un incremento de la base imponible declarada en virtud de la comprobación del valor declarado de los inmuebles transmitidos.

La Comunidad de Madrid, parte demandante en el recurso, pretende, de forma principal, la anulación del acto impugnado y la confirmación del incremento de base apreciado, y, de forma subsidiaria, la retroacción de actuaciones a fin de efectuar una nueva motivación más detallada y completa de la comprobación del valor que constituye la base imponible del impuesto liquidado. El Abogado del Estado, por su parte, solicita la inadmisión o, en su defecto, la desestimación del recurso y la confirmación del acto impugnado.

Comparecen asimismo, los sujetos pasivos de las liquidaciones anuladas quienes se adhieren a las manifestaciones del defensor de la Administración demandada.

SEGUNDO

Las cuestiones que se plantean en el recurso se refieren a la validez de la comprobación de valores efectuada por la Administración titular del tributo cedido, Comunidad de Madrid, y los eventuales efectos de la anulación de dicha comprobación, esto es, si procede en dicho caso la...

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