STSJ Galicia , 25 de Febrero de 2000
Ponente | JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2000:1164 |
Número de Recurso | 8962/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03 /0008962 /1996 RECURRENTE: MAPFRE HIPOTECARIA, S. CREDITO HIPOTECARIO, S. A. ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA CODEMANDADO/COADYUVANTE: CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA PONENTE: D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 154/2000 Iltmos. Sres:
D. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, veinticinco de febrero de dos Mil. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008962 /1996, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por MAPFRE HIPOTECARIA, S. CREDITO HIPOTECARIO, S. A., representado y dirigido por el Letrado D/ña. ALBERTO VARELA MUÑIZ, contra Acuerdo de 5 /3 /96 estimatoria parcial de rc nº 54 /1321 /94 contra acuerdo del Servicio de G. Tributaria de Deleg. en Vigo de Consellería de Economía e Facenda fijando base de I. T. P. y A. J. D. en liq nº T 1099 /94 por adjudicación bien pública subasta. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL GALÍCIA, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. Asimismo comparece como codemandado/coadyuvante CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA, representa do y dirigido por el Letrado D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ.
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- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaran las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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- Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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- En iguales términos se manifestó la representación procesal de la parte coadyuvante.
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- No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 15 de Febrero de 2000, fecha en que tuvo lugar.
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En la...
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