STSJ Galicia , 6 de Mayo de 2004

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2004:3050
Número de Recurso6287/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso N° 6287/1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del. Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 392/2004 ILMOS. SRS. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ -PTE.

D. CARLOS LÓPEZ KELLER D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a seis de mayo de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso-administrativo que con el N° 6287/97 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Juan Martínez Pensado, que actúa en su nombre y en beneficio de la DIRECCION000 (A Baña), representado por D. Rafael Pérez Lizarriturri y dirigido por D. Juan Carlos García Maceira, contra la Resolución de 14-7-97 de Augas de Galicia. Es parte como demandada Augas de Galicia, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia. Actúa como coadyuvante la DIRECCION001 ", representada y defendida por D. José María Puñal Costa. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso- administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso. Lo mismo hizo la coadyuvante al cumplimentar el referido trámite.

TERCERO

Denegado el recibimiento del pleito a prueba y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 29-4-04.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la Resolución de 14-7-97 de Augas de Galicia por la que se otorgó a la Comunidad de usuarios Los Laureles la concesión de un caudal de 0,58 litros/segundo procedentes del manantial "Agro dos Espiños", sito en A Baña, con destino al abastecimiento de las viviendas de los comuneros.

SEGUNDO

La parte actora alega en su demanda que la comunidad en cuyo beneficio actúa es titular de un derecho de aprovechamiento privativo de las aguas que provienen del conocido como "Rego de Ferreiros" o "Rego da Xesta", que recoge aguas de varios manantiales y las conduce a las fincas de la aldea de Ferreiros, en las que se emplean para mover un molino, en un lavadero, para abrevar el ganado, etc. derecho de aprovechamiento reconocido en la sentencia de 20-5-94 de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de A Coruña , y adquirido conforme a la legislación vigente con anterioridad a la Ley de Aguas de 1985 y...

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