STSJ Canarias , 28 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2001:4339
Número de Recurso615/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso 615-2001 RECURSO NUMERO: 615-2001 MAGISTRADOS:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARÍA DEL CAMPO Y CULLEN , Presidente.

ILTMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA. ILTMA.SRA.Dª PILAR DIAZ DE LOSADA HAMILTON .

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 615-2001, interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. tres en los Autos R.- 768- 2000 en reclamación de reconocimiento de derecho, ha sido Ponente la ILTMA. SRA. DOÑA Mª DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Doña María Inés , en reclamación de reconocimiento de derecho siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 25 de abril de 2001, por el Juzgado de referencia, con carácter estimatoria.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Primero.- La demandante Doña María Inés es esposa de D. Ignacio , que falleció el día l2.ll.99 en accidente de tráfico, ocurrido en el punto kilométrico 111,660 de la carretera C-822, en el término municipal de Adeje (Santa Cruz de Tenerife). Segundo.- D. Ignacio , con DNI nº NUM000 , fue dado de baja en la Seguridad Social a causa de su despido disciplinario el 20.l0.99 hecho por la empresa DIRECCION001 para la que trabajó con la categoría profesional de camarero. Tercero.- El empresario D. Juan Alberto comunicó en vida a D. Ignacio la siguiente carta de despido: "Bar DIRECCION000 Centro Comercial Viña del Mar Playa de las Américas. Adeje. D. Ignacio Muy Sr. nuestro: Mediante el presente escrito le notifico su despido disciplinario, a partir del 20.l0.l999 al haber incurrido Vd. repetidamente en el incumplimiento previsto en el artículo 54.2.a del Estatuto de los Trabajadores. En Playa de las Américas, a l9 de octubre de l999. Fdo. Juan Alberto ".

Cuarto

Entre el despido de D. Ignacio el día 20-l0-99 y la fecha de su fallecimiento (l2-ll-99) transcurrieron l6 días hábiles. No consta que se haya presentado la papeleta de conciliación, ni la demanda de impugnación de despido. Quinto. Antes de fallecer D. Ignacio no era representante de los trabajadores, ni ostentaba cargo sindical. Sexto. D. Ignacio había nacido el día 24.4.l964, habiendo estado de alta 3.989 días en el Régimen General de la Seguridad Social y 153 en el RETA. Séptimo.- En vida, D. Ignacio contrajo matrimonio con Doña María Inés el día 8.5.l992. Del matrimonio nacieron tres hijos: 1) Juan Pablo , el 3l.l0.92; 2) Isidro , el 5.8.94; y 3) María Esther , el 10.8.96. Octavo.- La demandante promueve el reconocimiento del derecho a la pensión de orfandad del Régimen General de la Seguridad Social.

Noveno

El día l9.5.2000 la demandante presentó la reclamación administrativa previa frente a la resolución de la Dirección Provincial notificada el l4.4.2000, en la que se le deniega la prestación de orfandad por no hallarse el causante en alta o situación asimilada al alta en la fecha de su fallecimiento y no haber completado el período mínimo de cotización de l5 años".

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. tres, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

"Que estimando la demanda declarativa de derecho interpuesta por Doña María Inés...

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