STSJ Castilla y León , 23 de Enero de 2001
Ponente | JESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2001:445 |
Número de Recurso | 3285/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso n° 3.285/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 116 ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:
DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO En Valladolid, a veintitrés de enero de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
Liquidación del Ayuntamiento de León, de la Tasa de recogida de basuras correspondiente al 3°
trimestre de 1996, girada a nombre de Protección Civil por un importe de 13.960; así como contra el Acuerdo adoptado por la Comisión Municipal de 29 de octubre de 1996 desestimando el recurso de reposición interpuesto.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Gobierno Civil de León), representada y defendida por el Abogado del Estado.
Como demandada: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y defendido por el Letrado Sr. Martín Villa.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de León y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que, declarando contraria a Derecho la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Recogida y Eliminación de Basuras y Otros Residuos Sólidos Urbanos del Ayuntamiento de León, aplicable en 1990, disponga la anulación de la liquidación impugnada en el presente recurso, con expresa imposición de costas a la Corporación demandada.
En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, declarando conformes a derecho la liquidación recurrida y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y eliminación de basuras y otros residuos sólidos urbanos, condenando al pago de las costas del procedimiento a la parte recurrente, y con todo lo demás que sea procedente en derecho. Por OTROS/, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.
El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.
Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y Fallo del presente recurso el día diecinueve de los corrientes.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Dejando a un lado el motivo de impugnación formal planteado en el primer fundamento de derecho de la demanda, siendo aquí reproducibles los alegatos del correlativo del escrito de contestación; la verdadera cuestión que se suscita en este proceso es la de la validez de la ordenanza municipal reguladora a cuyo amparo han sido giradas las liquidaciones recurridas. En concreto, su artículo 2 en cuanto que incluye la actividad de eliminación en el hecho imponible.
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