STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Febrero de 2003

PonenteGEMA PALOMAR CHALVER
ECLIES:TSJCV:2003:1059
Número de Recurso4001/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 4001/02 Recurso contra Sentencia núm. 4001/02 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver En Valencia, a once de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 618/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 4001/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de octubre de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 15 de Valencia, en los autos núm. 491/02, seguidos sobre desempleo, a instancia de Dª Nieves asistida por la letrada Dª Herminia Royo García, contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 2 de octubre de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que, desestimando la demanda interpuesta Doña Nieves , debo absolver y absuelvo de las pretensiones contenidas en la misma al INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que la demandante, Doña Nieves , nacida el 29 de enero de 1.976, afiliada al régimen general de la Seguridad Social, con el número NUM000 , solicitó el 22-01-02 ante la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, reanudación de la prestación de desempleo del nivel contributivo, que fue reconocido por dicho Organismo, por un periodo de 360 días, sobre la base reguladora de 16,86 euros diarios. El INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, desestimó la solicitud de reanudación de la referida prestación, mediante resolución de fecha 8 de Febrero de 2.002, frente a la cual, la demandante interpuso reclamación previa, igualmente desestimada por resolución de 24 de mayo de 2.002. SEGUNDO.- Que, habiendo consumido 65 días de los totales reconocidos, la actora, que había sido declarada en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, opto por percibir la prestación derivada de la misma, al ser incompatible con la de desempleo que, hasta entonces obtenía. TERCERO.- Que, con fecha 20 de diciembre de 2.001, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, resolvió, tras instruir expediente de revisión, declarar...

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