STSJ Asturias , 3 de Noviembre de 2000

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2000:4152
Número de Recurso3039/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N°: RSU 3039 /1999 45005 AUTOS N°: 497/99 Oviedo n° 2 SENTENCIA N° 2180/00 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a tres de noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Bruno , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n°

2 de Oviedo, ha sido ponente el Ilmo Sr D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., en reclamación de recargo de prestaciones, siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y D. Bruno y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiuno de julio de mil novecientos noventa y nueve por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El día 18 de marzo de 1994, el codemandado D. Bruno , que se encontraba trabajando por cuenta y orden de la empresa Tolosa Unión Temporal de Empresas, integrada por Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Contratas y Ventas, S.A., en el punto kilométrico 568,6 de la vía férrea sentido Irun-Madrid, sufrió un accidente de trabajo consistente en caerle una plancha de hormigón prefabricado que estaba apuntalada por ambas caras como secuencia de haberse quebrado una de las patas de la misma al desenganchar las cadenas de la grúa que la sostenían, resultando politraumatizado.

  2. - Por resolución de la Dirección Provincial del Inss en Oviedo, se declaró con fecha 29 diciembre 1998, la asistencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente sufrido por el mencionado trabajador, así como la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo citado sean incrementadas en el 30 por 100 con cargo a la empresa Tolosa U.T.E., integrada por Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y Contratas y Ventas, S.A. 3°.- Se agotó la reclamación previa y se interpuso la demanda el 8 Junio 1999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Bruno , siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La empresa Fomento de Construcciones y Contratas S.A. presentó demanda para impugnar el recargo de las prestaciones de seguridad social causadas por Bruno , que le impuso el INSS por la infracción de normas de seguridad laboral en el accidente de trabajo sufrido por el trabajador mencionado. Su pretensión fue estimada por el Juzgado de lo Social n° 2 de los de Oviedo, que dejó sin efecto el recargo de prestaciones en sentencia frente a la que el trabajador recurre en suplicación.

SEGUNDO

En el primer motivo de recurso interesa, al amparo del art. 191 b) LPL , la modificación del hecho probado primero de la sentencia de instancia a fin de recoger en él el texto alternativo que propone. Con este texto el recurrente ofrece una versión del accidente distinta a la recogida en la sentencia, pues además de indicar el elevado peso y las grandes dimensiones de las piezas de hormigón junto a las que estaba trabajando el accidentado y el proceso de su colocación con el uso de una grúa, intenta destacar que la caída de la plancha se produjo no como dice la sentencia "cuando estaba apuntalada por ambas caras" y "como consecuencia de haberse quebrado una de las patas de la misma al desenganchar las cadenas de...

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