STSJ Cataluña , 11 de Febrero de 2003

PonenteSEBASTIAN MORALO GALLEGO
ECLIES:TSJCAT:2003:1862
Número de Recurso2250/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 2250/2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL J.A. ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Dª. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN En Barcelona a 11 de febrero de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 963/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por Catalina frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº9 Barcelona de fecha doce de noviembre de dos mil uno dictada en el procedimiento nº 1081/2000 y siendo recurrido/a I.N.E.M. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19 de diciembre 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha doce de noviembre de dos mil uno que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda de Dª Catalina frente a I.N.E.M., absolviendo a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º. La actora, Dª Catalina , con D.N.I. nº NUM000 tenía reconocida la prestación por desempleo, con efectos del día 22 de abril de 1998, por un total de 420 dias y con una base reguladora de 4.113 pts. al día (folio 66)

  1. La actora trabajaba para la empresa Tesil Lorena, S.C.C.Lda. como cosedora, desde el día 14.7.94, siendo objeto de despido objetivo el día 21.4.98, junto con el resto de los trabajadores de dicha empresa. La actora no impugnó judicialmente dicha decisión.

  2. La demandante era socia trabajadora de la empresa demandada. No consta que la citada empresa tramitara el expediente de declaración legal de desempleo previsto en el Real Dto. 1043/1985, de 19 de junio que amplia la protección por desempleo a los socios trabajadores de las Empresas de Trabajo Asociado (folios 78 a 85).

  3. Por resolución del Instituto demandado de 27 de julio de 2000 se decidió revocar la prestación de desempleo concedida el 22.4.98 y declarar la percepción indebida de prestaciones por desempleo, por una cuantía de 1.100.358 pts. correspondientes al período comprendido entre el 22.4.98 y el 21.6.99.

  4. Formulada por la demandante reclamación previa en fecha 14 de septiembre de 2.000, fue denegada por resolución de 17 de noviembre de 2000. La demanda ante los Juzgados de lo Social de Barcelona se presentó el día 15 de diciembre de 2000."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Ú...

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