STSJ Comunidad de Madrid 2085/2006, 21 de Noviembre de 2006

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJM:2006:14318
Número de Recurso278/2006
Número de Resolución2085/2006
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 02085/2006

SENTENCIA Nº 2085

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA.

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte.

Magistrados:

Dª. Angeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

D. José Luis Quesada Varea

Doña Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid a veintiuno de noviembre del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso de apelación nº 278/06, interpuesto por el Letrado don Ángel Luis Fernández Bermejo, afirmando actuar en nombre y representación de don Imanol, contra el auto dictado en el procedimiento abreviado nº 489/05, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de Madrid, de fecha 19 de octubre de 2005.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso de apelación, fue admitido dicho recurso por el Juzgado "a quo", remitiéndose las actuaciones a este Tribunal Superior de Justicia.

SEGUNDO

Con fecha 23 de junio de 2006, por esta Sección Novena se dicta providencia en la que se acuerda que queden los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo al no haberse solicitado el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni la presentación de conclusiones.

TERCERO

En este estado se señala para votación y fallo el día 2 de noviembre de 2006, teniendo lugar así.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Angeles Huet de Sande.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se interpone por el Letrado don Ángel Luis Fernández Bermejo, afirmando actuar en nombre y representación de don Imanol, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 25 de Madrid, de fecha 19 de octubre de 2005, por el que se acuerda el archivo del procedimiento por no haber acreditado el Letrado la representación que afirma tener del interesado.

El procedimiento seguido ante el Juzgado tenía por objeto la solicitud de anulación de la resolución por la que se denegó la entrada en España del interesado, nacional de Paraguay, ordenándose su retorno al lugar de procedencia.

Presentada la demanda, por el Juzgado, mediante providencia, fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del documento justificativo de la representación del interesado que se arrogaba el Letrado don Ángel Luis Fernández Bermejo, concediéndose plazo para la subsanación de dicha omisión. Transcurrido el plazo sin que la omisión fuera subsanada, el Juez, subsistiendo la falta de acreditación de la representación, dicta el auto de archivo aquí apelado.

Contra esta resolución se alza la parte recurrente en apelación, alegando los siguientes argumentos: primero, el nombramiento de oficio del Letrado director y el hecho de que la designación de oficio alcanza no sólo a la asistencia letrada, sino también a la representación, unido a que la propia Administración ha aceptado la representación del interesado por dicho Letrado; segundo, que la voluntad del interesado de recurrir es manifiesta desde que solicita la asistencia letrada, poniendo de relieve la dificultad de otorgar poder en caso de extranjería...

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