STSJ Navarra , 6 de Junio de 2003

PonenteJOAQUIN MARIA MIQUELEIZ BRONTE
ECLIES:TSJNA:2003:796
Número de Recurso869/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a seis de junio de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 869/01, promovido contra el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2001, por el que se desestiman los recursos de alzada interpuestos contra la Orden foral 221/2000, de 27 de marzo, por la que se hacen públicas las listas de las oficinas de farmacia autorizadas al amparo de la Orden Foral 335/2000, de 27 de noviembre, del Consejero de Salud, siendo en ello partes:

como recurrente D. Gustavo , D. Jose María , D. Marco Antonio , D. Gonzalo , D. Víctor , Dª Cristina , Dª

Trinidad y D. Aurelio , representados por el Procurador Sr. González Oteiza y dirigidos por la Letrada Sra. Ollo; y como demandado el GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de octubre de 2001, la parte actora interpuso el presente recurso Contencioso administrativo contra el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2001, por el que se desestiman los recursos de alzada interpuestos contra la Orden foral 221/2000, de 27 de marzo, por la que se hacen públicas las listas de las oficinas de farmacia autorizadas al amparo de la Orden Foral 335/2000, de 27 de noviembre, del Consejero de Salud.

SEGUNDO

Tramitados los autos conforme a las normas legales y practicada la prueba solicitada por las partes con el resultado obrante en autos, se declararon los autos conclusos señalándose para votación y fallo el día 27 de Mayo a las 10,30 horas.

TERCERO

Es Ponente el Iltmo. Sr. Presidente de la Sala D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista de las alegaciones hechas por las partes, expediente administrativo remitido y pruebas practicadas en estos autos se desprenden, a juicio de la Sala, los siguientes hechos probados, básicos para la resolución de las pretensiones ejercitadas por las partes: en el BON núm. 143, 27 noviembre de 2000, se publicó la Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica. El art. 27 de la citada Ley Foral establece que las Zonas Básicas de Salud que forman parte de una localidad y en cada una de las localidades que integran una Zona Básica de Salud deberán contar como mínimo, con el números de oficinas de farmacia que resulten de aplicar los criterios establecidos en dicho artículo, y que configura la planificación farmacéutica. Mediante Orden Foral 335/2000, de 27 de noviembre se hacen públicas las Zonas Básicas de Salud y localidades que requieren oficinas de farmacia y se inicia el procedimiento para su provisión. Las Zonas Básicas de Salud y localidades que requieren de nuevas oficinas de farmacia son: Aoiz, Alsasua, Peralta y Corella. En el apartado 5º de la mencionada Orden Foral se indica expresamente que no podrán solicitarse en la Comunidad Foral nuevas oficinas de farmacias conforme al libre ejercicio profesional, hasta tanto el Departamento de Salud no haga pública en el BON la circunstancia de que las oficinas de farmacia incluidas en el Anexo de la presente Orden Foral hayan sido inicialmente autorizadas. Contra dicha Orden Foral 235/2000 los actores formularon recurso de alzada, desestimado por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 23 de abril de 2001 e impugnado en vía contencioso-administrativa. Por Orden Foral 221/2001, de 27 de marzo, se hacen públicas...

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