STSJ Asturias , 19 de Octubre de 2001

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:4239
Número de Recurso3200/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 3200 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, MIERES Autos de Origen: DEMANDA 389 /2000 RECURRENTE/S: Evaristo RECURRIDO/S: INSS, TGSS, HULLERAS DEL NORTE, S.A. SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a diecinueve de Octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSÉ

ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2.277/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Evaristo contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL de MIERES de fecha veintiséis de septiembre de dos mil, dictada en proceso sobre cambio de contingencia, y entablado por dicho recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la empresa HULLERAS DEL NORTE S.A., ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintiséis de Septiembre de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. -D. Evaristo , mayor de edad, con D.N.I. n° NUM000 figura afiliado a la Seguridad Social con el n°

    NUM001 .

  2. - Presta sus servicios laborales por cuenta ajena para la empresa Hulleras del Norte S.A., con centro de trabajo en Pozo Carrio y con la categoría profesional de Picador.

  3. - El día 14 de Mayo 1999 acude al Botiquín del pozo donde prestaba sus servicios por haber sentido un dolor de espalda siendo anotado en el libro de primeras curas como "Refiere lumbalgia".

  4. - El día 17 de Mayo 1999 fue visto en la consulta médica del Botiquín del Pozo por dolor lumbar, sin que presentara lumbalgia aguda de esfuerzo. El servicio médico del centro de trabajo remite al trabajador a su médico de cabecera.

  5. - El día 18 Mayo 1999, inicia un proceso de Incapacidad Temporal derivado de accidente no laboral causando alta por mayoría el 3 Enero 2000.

  6. - Según TAC practicado por el Servicio de Trauma del Hospital Valle del Nalón, obrante al folio 51 de las actuaciones se diagnostica protusión discal difusa en L4.L5 (fecha 2 Julio 1999).

  7. - Posteriormente en resonancia magnética obrante al folio 64 de las actuaciones se diagnostica "discretos signos...

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