STSJ País Vasco , 19 de Octubre de 2001
Ponente | LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA |
ECLI | ES:TSJPV:2001:5309 |
Número de Recurso | 4263/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4263/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 878/2001 ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS:
D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª.MAGALI GARCÍA JORRÍN D. ROBERTO SAIZ FERNÁNDEZ En la Villa de BILBAO, a diecinueve de octubre de Dos mil uno. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 4263/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Santurtzi de 24 de Junio de 1.998.
Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Jesús , representado por la Procuradora Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y dirigida por el Letrado D.JESUS SAINZ DE ROZAS LAFITA.
Como demandada AYUNTAMIENTO DE SANTURCE , representado y dirigido por el Letrado D. JESÚS DIEZ Y SAENZ DE LA FUENTE.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA, Magistrado de esta Sala.
El día 14 de Septiembre de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Letrado D. JESÚS SAINZ DE ROZAS LAFITA actuando en nombre y representación de D. Jesús , interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Santurtzi de 24 de Junio de 1.998; quedando registrado dicho recurso con el número 4263/98.
La cuantía del presente proceso quedó fijada en indeterminada.
En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no ajustado a derecho el acto administrativo recurrido y por consiguiente no ajustadas a derecho y sin efecto alguno las liquidaciones Impuesto de Plus Valía giradas, con condena expresa en costas a la Administración demandada.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que con desestimación integra del recurso, confirme el acuerdo impugnado.
El procedimiento se recibió a prueba practicándose con el resultado que obra en autos.
En el escrito de conclusiones, la parte demandada reprodujo las pretensiones que tenía solicitadas.
Por resolución de fecha 10.09.01 se señaló el pasado día 16.10.01 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
En el presente recurso contencioso-administrativo se pretende la anulación del Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Santurtzi de 24 de Junio de 1.998, que confirmaba seis liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana acordadas en expediente 678/97 por importes comprendidos entre las 347.638 pesetas y las 1.232.742 pesetas como consecuencia de la transmisión de dos terrenos en el Barrio de Oyancas de dicho término a una...
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