STSJ Murcia , 31 de Octubre de 2003
Ponente | MARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER |
ECLI | ES:TSJMU:2003:2209 |
Número de Recurso | 1345/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO nº 1.345/00 SENTENCIA nº669/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:
Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 669/03 En Murcia a treinta y uno de Octubre de dos mil tres.
En el recurso contencioso administrativo nº 1.345/00 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 305.868 ptas, y referido a: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Parte demandante: Don Silvio representado por el Procurador Don José Augusto Hernández Foulquie y defendido por el Letrado Don Rubén Castillo Crespo.
Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Parte codemandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por el Sr. Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 26 de Julio de 2000 que estimaba en parte la reclamación nº 30/3054/99 planteado por el recurrente contra la liquidación nº NUM000 , Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en expediente de comprobación de valores, de la que resultaba una deuda a ingresar de 305.868 ptas.
Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia revocando o anulando el fallo dictado en la reclamación económico administrativa mencionada en cuanto desestima nuestras pretensiones, y declare la nulidad de pleno derecho del expediente administrativo 1996/MU/TR/3216 de la Consejería de Economía y Hacienda de la Región de Murcia por haber sido tramitado con infracción de las normas legales que rigen para los mismos y sin dar cumplimiento al procedimiento legalmente establecido y todo ello con condena en costas a la Administración recurrida.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 9 de Noviembre de 2000 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 24 de Octubre de 2003.
La...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba