STSJ Andalucía , 25 de Abril de 2000

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
ECLIES:TSJAND:2000:6084
Número de Recurso2310/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución25 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Social

R.M. SENTENCIA NÚM. 1198/2000 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ ILTMO. SR. D. JOAQUIN L. SÁNCHEZ CARRION ILTMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO ILTMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Veinticinco de Abril de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2310/99, interpuesto por Constantino e INSS y TGSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de los de Granada en fecha 13 de Abril de 1999 ha sido ponente el Iltmo. Sr JOAQUIN L. SÁNCHEZ CARRION.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Constantino en reclamación sobre Prestaciones contra INSS y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 13 de abril de 1999 , por la que se estimaba parcialmente la petición principal en la demanda deducida por D. Constantino .

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor Don Constantino , titular del D.N.I. núm. NUM000 , nacido en fecha 3-5- 1029, afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM001 , vecino de Atarfe en C/ DIRECCION000 NUM002 , domiciliado a efectos de notificaciones en Granada, DIRECCION001 núm. NUM003 . NUM004 , solicitó del INSS pensión de jubilación que le fue denegada mediante Resolución de 31.1.95 dictada en el expte 94/000774/17, por no acreditar el periodo mínimo de cotización de 15 años exigido para poder causar derecho a pensión de jubilación, sin estar en alta ni en situación asimilada a la de alta. Asimismo consta acreditado que en el expediente 94/06126/34 tramitado por el INSS se dictó resolución cuya copia obra al folio 44 y se da por reproducida denegando al actor la pensión de jubilación por no acreditar 1800 días de cotización al seguro obligatorio de vejez e invalidez ni haber estado afiliado al retiro obrero. En citado expediente con fecha 20-10-95 vivos ya los presentes autos la Asesoría Jurídica del INSS solicita nuevo informe de cotización al S.P. de convenios y control de pensiones, por entender podía tener el actor derecho a pensión por rata temporis, reconociendo el INSS con fecha de efectos 4-5-94 y fecha final del primer pago en 31-12- 95 el actor una pensión de jubilación sobre los siguientes datos; Días España .... 1539 entre 1-1-70 a 23-12-94 Días extranjero 7.650 entre 1-1-60 a 31-12-69 Pro rata temporis 16.75%

    Base reguladora inicial ............ 3.068 ptas.

    Base reguladora mensual actualizada 10.087 ptas.

  2. - Le consta al actor como periodos de afiliación permanencia en alta en la Seguridad Social española:

    Entre el 10-11-52 y el 21-5-55 (RGSS) 770 días.

    10.11.52 a 24.1.53 8.2.53 a 28.3.53 17.4.53 a 18.4.53 8.5.53 a 4.12.53 11.1.54 a 14.5.54 24.5.54 a 24.7.54 11.8.54 a 10.11.54 14.12.54 a 12.3.55 21.3.55 a 21.5.55 Entre el 1.8.55 y el 30.7.57 (RGSS) 224 días 1.8.55 a 31.8.55 18.2.57 a 16.3.57 19.3.57 a 24.4.57 25.4.57 a 30.7.57 25.11.59 a No consta 11.5.56 a 11.6.56 Entre 20.11.62 y el 22.9.64(RGSS) 474 días.

    La suma de tales periodos suponen un total de 1.468 días, debiéndose tener en cuenta que en la certificación que obra al folio 115 figuran incluidos periodos ya certificados y coincidentes con los que se expresan en la obrante al folio 18. En la relación de periodos cotizados complementarios que fue practicada en el Expte 94/6126 vivos ya los presentes autos que figura al folio 416 de las actuaciones y se da por reproducida a fines probatorios, el total de días que se reconocen al actor es de 1539 días.

  3. - Por la Seguridad Social francesa se reconoció al actor con fecha de efectos 1-6-94 una pensión de jubilación de 27.745.38 francos anuales equivalentes a 2.312.11 francos mensuales habiéndose le computado entre 1973 a 1986 56 trimestre mas en 1994. Los 85 trimestres resultantes equivalen a 21 años y tres meses.

  4. - Le constan asimismo acreditados al actor ante la Seguridad Social suiza un total de 3 años y 5 meses...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR