STSJ Comunidad de Madrid , 1 de Junio de 2000

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2000:7094
Número de Recurso2655/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 2655/96 SENTENCIA NUMERO 508 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dñ Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sanchez.

D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, a uno de junio de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2655/96, interpuesto por D. Carlos Manuel , defendido y representado por la Letrada Dña. Almudena Navarro Gonzalo, contra resolución de 12 de julio de 1996, por la que se comunica decreto de 3 de junio de 1996, de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid. Expte. 014/87/17552 . Siendo parte la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, representada por el Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 6 de noviembre de 1997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 21 de mayo de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 28 de octubre de 1998 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose las que la Sala consideró pertinentes. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 1 de junio de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Francisca María Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Carlos Manuel recurre en este proceso las resoluciones de 3.7.96 y 27.5.97, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que le impuso sendas multas de 25.000 pts., por no haber dado cumplimiento a la orden de ejecución de obras de 7.10.94 Frente a dichas resoluciones, que impusieron las sanciones precitadas al amparo del art. 8.3 de la Ley Especial de Madrid y el art. 59 del Texto Refundido de las Disposiciones de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986 , opone el recurrente que en su momento solicitó la declaración de ruina del edificio de su propiedad y que no se niega a ejecutar las obras pero que es la Gerencia Municipal la que debe...

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