STSJ Andalucía 2655/2003, 23 de Julio de 2003
Ponente | BENITO RECUERO SALDAÑA |
ECLI | ES:TSJAND:2003:10715 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 2655/2003 |
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rº. 1334/03-BG St. 2655/03
Iltmos. Señores:
D. SANTIAGO ROMERO DE BUSTILLO, PRESIDENTE DE LA SALA
D. ALFONSO MARTÍNEZ ESCRIBANO
D. BENITO RECUERO SALDAÑA
En Sevilla, a veintitrés de julio de dos mil tres.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 2655/2003
En el Recurso de Suplicación interpuesto por AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número DIEZ de los de SEVILLA; ha sido Ponente el Iltmº. Sr. D. BENITO RECUERO SALDAÑA, Magistrado.
Según consta en autos, se presentó demanda por Valentina contra AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA), sobre declaración de derechos, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 16 de enero de 2003, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
Desde el 23.04.97, Valentina y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria vienen suscribiendo cíclicamente respectivos contratos de trabajo, eventual por circunstancias de la producción, al amparo de lo previsto en el art. 15 apartado 1.b) del Estatuto de los Trabajadores, en los que se establece siempre la categoría de auxiliar administrativo y la misma causa, siendo ésta la acumulación de tareas producidas temporalmente como consecuencia de las labores a realizar de asistencia al contribuyente en la confección de la campaña anual de la renta.
La vinculación de las partes se ha extendido durante los siguientes períodos:
-
contrato: del 28.04.97 al 7.07.97
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contrato: del 23.04.98 al 7.07.98
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(sic) contrato: del 1.02.00 al 30.06.00
-
contrato: del 1.03.01 al 29.06.01
-
contrato: del 29.04.02 al 7.07.02.
El 19.06.02, la actora presentó escrito de reclamación previa interesando ser reconocida en la condición de fija discontinua, que resultó desestimada por resolución de fecha 23.07.02 (folios 20 a 22 que se dan por reproducidos).
El 22.07.02 la actora presentó demanda ante el Juzgado Decano dando origen a las presentes actuaciones, pretendiendo obtener un pronunciamiento por el que se reconozca su carácter de trabajadora fija discontinua.
Dicha sentencia fue recurrida en suplicación por el organismo demandado, impugnado por la actora.
ÚNICO. La actora con la presente demanda pretende obtener un pronunciamiento por el que se reconozca su carácter de fija discontinua desde la fecha del primer contrato formalizado el 28/4/97 con la Agencia Estatal de la...
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