STSJ La Rioja , 25 de Noviembre de 2002
Ponente | IGNACIO BARRIOBERO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJLR:2002:862 |
Número de Recurso | 470/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
En la ciudad de Logroño a veinticinco de noviembre de 2002.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Sres. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Bartolomé y D. Ignacio Barriobero Martínez, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Iltmo. Sr. Don Ignacio Barriobero Martínez la siguiente:
SENTENCIA N° 495 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 470/2001 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de D. Juan Pedro , representado por la Procuradora Dña. María Luisa Rivero Francia y con asistencia del Letrado D. José L. García Díaz de Cerio, siendo demandada la CONSEJERÍA DE TURISMO Y MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado del Gobierno; en recurso cuya cuantía se cifró indeterminada.
I.-
Mediante escrito presentado el 25 de septiembre de 2001 se interpuso ante esta Sala, en nombre de D. Juan Pedro , recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de la CONSEJERÍA DE TURISMO Y MEDIO AMBIENTE n° 446/01, de 8 de agosto de 2001, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Director General del Medio Natural, n° NUM000 , de 31 de mayo, por la que se impuso sanción de multa al recurrente.
Admitido a trámite dicho recurso, se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, haciéndolo mediante escrito presentado en fecha 18 de diciembre de 2001, y en el que, exponiendo los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que entendió de aplicación, terminó suplicando que: "dicte sentencia por la que estimando el presente recurso contencioso-administrativo anule la sanción impuesta, con imposición de costas al que se opusiere".
Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos solicitando, finalmente, la desestimación del recurso.
Recibido el pleito a prueba, se unieron a los autos las practicadas, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, señalándose, para votación y fallo del asunto el día 19 de noviembre de 2002, en que se unió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
II.-
Es objeto de impugnación la Resolución del Consejero de Turismo y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja, n° NUM001 , de 8 de agosto, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el demandante, contra la Resolución del Director General de Medio Natural, n° NUM000 , de
31 de mayo, mediante la cual se impuso la sanción de 300, 51 euros y la pérdida de licencia de caza en vigor e inhabilitación para...
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