STSJ Navarra , 21 de Enero de 2003

PonenteJUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJNA:2003:67
Número de Recurso606/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona, a veintiuno de enero de dos mil tres .

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 606/01, promovido contra el Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 9 de abril de 2001, por el que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto contra resolución 2693/2000, de 30 de octubre, del Director General de Medio Ambiente, por la que se autorizó el coto público de Aras, siendo en ello partes: como recurrente AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE VIANA representado por la Procuradora Sra Muñiz y dirigido por el Letrado Sr. San Martin; y como demandado GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso se interpuso el 15-2-2001 contra la resolución citada en el encabezamiento.

SEGUNDO

La demanda presentada por el recurrente fue contestado por el Asesor Jurídico de la Administración Foral.

TERCERO Practicadas las pruebas propuestas por la actora y presentados los escritos de conclusiones se señaló para votación y fallo el 14-1-2003.

Es ponente el Ilmo, Sr. Magistrado D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El 4-2-1974 representantes de los cotos de caza de Aras y Viana acordaron la constitución de una zona de reserva para los dos cotos, hasta que por el organismo competente se resuelva definitivamente el alcance de la facería (folios 63 y 64 del expediente).

El 7-2-1974 representantes del Icona, del Ayuntamiento de Aras(dos concejales) del Ayuntamiento de Viana (dos concejales), y del adjudicatario del coto de Viana acordaron la cesión de una parte de la superficie comprendida en el coto de Viana al coto de Aras, y que dicha cesión tuviese vigencia en tanto no se resuelva definitivamente el problema del facero de acuerdo con lo convenido en el acuerdo de 4 de febrero (folios 65 y 66 del expediente).

La jefatura del ICONA aprobó los acuerdos a que nos acabamos de referir, fijando entre otras base la siguiente:

"Segundo.- El aprovechamiento de la caza cedido por el coto de Viana en la zona delimitada a estos efectos en el...

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