STSJ Cataluña 5604/2003, 22 de Septiembre de 2003

PonenteJosé Quetcuti Miguel
ECLIES:TSJCAT:2003:9394
Número de Recurso8429/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución5604/2003
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 8429/2002

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

F.S.

ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIÑOL

ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ

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En Barcelona a 22 de septiembre de 2003

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 5604/2003

En el recurso de suplicación interpuesto por Jose Augusto frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Granollers de fecha 7 de junio de 2002 dictada en el procedimiento nº 577/2002 y siendo recurrido/a VALEO CLIMATIZACION S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-3-2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de junio de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando las excepciones de inadecuación de procedimiento y prescripción alegadas por la parte demandada y desestimando la demanda interpuesta por D. Jose Augusto contra VALEO Climatización S.A. en reclamación de reconocimiento de derecho y cantidad, debo absolver y absuelvo a VALEO Climatización S.A. de los pedimentos deducidos en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1).- La parte actora está trabajando para la empresa demandada con categoría de especialista, una antigüedad desde 31/08/1999 y percibiendo un salario de 60,10 euros diarios.

2).- Durante el período que se extiende de 1 de octubre de 2000 a 28 de febrero de 2002, ambos inclusive, quien hoy acciona, ha venido realizando alternativamente y en diferentes ocasiones las funciones de conductor de vehículo eléctrico, embalaje, carga y descarga del vehículo eléctrico, retirada de cajas vacías de producción y reposición de cajas llenas, conociendo el sistema KANBAN (Folio 18).

3).- El convenio colectivo de empresa para el año 2000-2001 (folios 265 a 288) define así el contenido funcional de la categoría superior de conductor de máquinas elécricas -grupo 6 nivel 3-: "12.- Tareas de transporte y paletización realizadas con elementos mecánicos. 13.- Cambios, en la mayoría de casos, de embalaje de cartón a back de plástico. Alimentación frontal. 14.- Carga del pequeño tren componente. 15.- Colocación de las cajas de cartón vacías en los contenedores de material plástico. 16.- Conducción con permiso adecuado, entendiendo que puede combinarse esta actividad con otra actividad conexa. 17.- Suministro a líneas de producción bajo la responsabilidad del Supervisor de Almacén y sus líderes. 18.- Desplazamiento de materiales mediante máquina eléctrica, con un circuito que va desde el almacén hasta las estanterías frontales ubicadas en las líneas de producción. 19.- Retirar las cajas vacías de producción y reponerlas por cajas llenas. 20.- Responsabilidad sobre la maquinaria que se está manejando y su mantenimiento (vigilar el estado de la batería: carga, aguas). Las anomalías detectadas se comunicarán al jefe inmediato, o en su defecto al inmediato superior. 21.- Utilización de los medios de seguridad definidos para este puesto.- 22.- Respeto y cumplimiento de las intrucciones Sistemas de producción Valeo (SPV). 23.- Conocimiento del sistema Kanban. 24.- Carga y descarga de camiones, controlando y ubicando el material en sus ubicaciones de picking. 25.- Control de cargas (referencias y cantidades) de acuerdo con el albarán de entrega. 26.- Notificación a calidad proveedores cuando llegue material modificado, siempre y cuando esté identificado con etiqueta. 27.- Cumplimiento del FIFO en toda la zona de estanterías y picking. 28.- Preparación y control de la documentación de los embalajes vacíos. 29.- Aprovisonamiento de estanterías y tren. 30.- Organziación de almacén y exteriores, bajo la supervisión del responsable. 31.- respetar y mantener las normas de seguridad y medio ambiente en el puesto de trabajo y en todas las instalaciones de VCC."; mientras que los cometidos de especialista -grupo 6 nivel 2- son: "1.- Tareas de nivel anterior más, la empresa impartirá la formación necesaria para que alcance la polivalencia y policompetencia de dicho nivel, según el artículo de formación de nuestro convenio", siendo las tareas del nivel superior las siguientes: "Son los trabajadores que ejecutan bajo dependencia de mandos o de más alta cualificación dentro del esquema de la empresa, normalmente con alto grado de supervisión, pero con ciertos conocimientos profesionales, con un período de adaptación. Deben encuadrarse en este grupo profesional, de conformidad con las...

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