STSJ Galicia , 16 de Octubre de 2001
Ponente | JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:7140 |
Número de Recurso | 8206/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03 /0008206 /1997 RECURRENTE: HIJOS DE RICARDO DIAZ, S. L. ADMON. DEMANDADA: CONSELLERIA DE INDUSTRIA E COMERCIO PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 850/2001 Iltmos. Sres:
D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D. ENRIQUE GARCIA LLOVET A Coruña, dieciseis de octubre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008206 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por HIJOS DE RICARDO DIAZ, S. L., domiciliado en Cartelle (Orense), representado y dirigido por el Letrado D/ña. MARIA ISABEL MARTINEZ LEBOREIRO (Plaza Pontevedra, 5 -2), contra Resolución de 20 -3 -97 desestimatoria de recurso ordinario contra otra de la Delegac. Provinc de la Consellería de Industria e Comercio en Ourense sobre imposición de sanciones por vertido de aceites usados; Expte. ROI-OR-70 /96.. Es parte la Administración demandada CONSELLERIA DE INDUSTRIA E COMERCIO, representada por el D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del asunto es determinada en 75.000 ptas.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
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- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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- Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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- No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 2 de Octubre de 2001, fecha en que tuvo lugar.
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- En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.
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- El objeto del recurso se centra en determinar la conformidad o no al ordenamiento jurídico de la resolución recurrida dictada con fecha 20 de marzo de 1997 por el Secretario General de la Consellería de Industria y Comercio, por delegación...
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