STSJ Murcia 971/2007, 16 de Julio de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:1120
Número de Recurso837/2007
Número de Resolución971/2007
Fecha de Resolución16 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Carlos María , contra la sentencia número 0112/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 15 de marzo, dictada en proceso número 0473/2006, sobre accidente de trabajo, y entablado por don Carlos María frente a Mutua Ibermutuamur; Pedregosa SA; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO El actor, nacido el 7/12/1968, venía prestando servicios para la empresa Pedragosa S.A., con la categoría profesional de operario de almacén de cristalería, cuando el 14/3/2005, sufrió un accidente de trabajo resultando con las lesiones siguientes: lumbociatica derecha. SEGUNDO: La citada empresa tiene cubiertos los riesgos profesionales con la Mutua Ibermutuamur. TERCERO: Sometido a reconocimiento medico, el 8/3/2006 se emitió informe medico de síntesis y el 9/3/2006 el Equipo de Valoración de Incapacidades elevó propuestade inexistencia de Incapacidad permanente en ninguno de sus grados. CUARTO: Derivadas del accidente de trabajo citado, el actor presenta las dolencias siguientes: lumbociatica derecha, discopatia L4-L5 con protrusiones discales posteriores a dichos niveles; Lassègue negativo; movilidad articular conservada y no dolorosa. QUINTO: La base reguladora mensual asciende a 1397,46 euros para la incapacidad permanente total y a 1522,96 euros para la incapacidad permanente parcial. SEXTO: Se agotó la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: Que previa desestimación de la excepción de falta de legitimación pasiva invocada por Pedragosa S.A., desestimo la demanda formulada por don Carlos María contra la empresa Pedragosa S.A., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social e Ibermutuamur, absolviendo a estos de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Ángel Hernández Martín, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña María del Mar Calabria Pérez, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Carlos María , de 38 años de edad y de profesión habitual operario de almacén de cristalería, presentó demanda, sobre accidente de trabajo, contra la empresa Pedragosa, S.A., Ibermutuamur, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de que se le declarase en situación de incapacidad permanente total, o, subsidiariamente, parcial; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que las dolencias que padece el actor no constituyen reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad laboralhasta el punto de impedirle su trabajo habitual o de verse reducido el rendimiento normal de su actividad laboral habitual en, al menos, un 33%.

Frente a dicho pronunciamiento se interpone recurso de suplicación por la parte actora; basado, en primer lugar, en la revisión de hechos probados de la sentencia recurrida, al amparo del artículo 191, b) de la Ley de Procedimiento Laboral ; y, en segundo lugar, en el examen del derecho aplicado, a tenor del artículo 191, c) de la Ley de Procedimiento Laboral , por infracción del artículo 137.1, b) de la Ley General de la Seguridad Social y de la sentencia de...

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