STSJ Islas Baleares , 9 de Febrero de 2001

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2001:240
Número de Recurso56/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 158 En la ciudad de Palma de Mallorca a 9 de Febrero del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 56 de 1997, seguidos entre partes; como demandante, la Agrupación de urbanizadores de la Zona Costera de Llucmajor, representada por el Procurador D. Gabriel Buades Salom, y asistido del Letrado D. José Mir Cerdó; y como Administración demandada, el Ayuntamiento de Llucmajor, representado por el Procurador D. Sebastián Coll Vidal, y asistido por el Letrado D. Bernardo Garcías.

El objeto del recurso es la resolución de la Alcaldía, de 11 de noviembre de 1996, por la que se desestimaba la solicitud de 29 de octubre anterior relativa a abono de 9.500.000 pesetas por la conexión a la red, para suministro a la Urbanización Bellavista, de las obras de abastecimiento en el ámbito del Plan Especial de las urbanizaciones de la costa del Arenal.

La cuantía del recurso se ha fijado en 9.500.000 pesetas.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 10 de enero de 1997, admitiéndose a tramite por providencia del día 15 siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta comunidad Autónoma.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 8 de septiembre de 1998, solicitando la estimación del recurso y la imposición de las costas del juicio. Interesaba el recibimiento del juicio a prueba.

TERCERO

El Ayuntamiento contestó a la demanda el 26 de octubre de 1998, solicitando la desestimación del recurso. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba.

CUARTO

Mediante Auto de 24 de enero de 2000, se acordó recibir el juicio a prueba, admitiéndose la documental y pericial propuestas que fueron llevadas a la práctica con el resultado que aparece en los autos.

QUINTO

Por providencia de 26 de octubre de 2000, se acordó que las partes formularan conclusiones por escrito, verificándolo por su orden e insistiendo ambas en sus anteriores pretensiones.

SEXTO

Por providencia 16 de enero de 2001, se señaló el día 9 de febrero, se señaló el día siguiente para la votación y Fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución municipal contra la que se dirige el presente recurso contencioso-administrativo.

La aquí recurrente, Asociación de Urbanizadores de la Zona Costera de Llucmajor, constituida el 24 de abril de 1975 y cuyos Estatutos fueron aprobados por la Administración ahora demanda, Ayuntamiento de Llucmajor -acuerdo del Pleno, adoptado en sesión celebrada el 28 de abril de 1975-, extendía su ámbito de actuación a la porción de zona costera comprendida entre Cap Net, Regana y Carretera Militar y fue promotora del Plan Especial y Proyecto de obras de Abastecimiento de Agua Potable a las urbanizaciones de la costa en el tramo indicado, aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo, en sesión celebrada el 24 de enero de 1977.

Asumido por los urbanizadores y propietarios de fincas el proyecto y el coste de las obras para el abastecimiento de agua potable al territorio delimitado en el Plan Especial, el Ayuntamiento se comprometía a su vez a garantizar que durante 25 años ningún propietario o dueño de finca acometería de la red general de dicho Proyecto "...a menos que ostente la condición de socio fundador o propietario incorporado a la Agrupación...".

La urbanización Bellavista, también en el término de Llucmajor, pero fuera del ámbito territorial del Plan Especial antes...

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