STSJ Cataluña , 31 de Octubre de 2001

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:13278
Número de Recurso1040/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 1.040 de 1.998 Partes: D. Lucas contra la Generalitat de Catalunya y c/ Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat SENTENCIA N° 1.033 Ilmos. Sres.

Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de octubre del dos mil uno. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de D. Lucas , representado y defendido por la Letrado Sra- Marzo Carpio, contra la Generalitat de Catalunya (Urbanisme), representada y defendida por su Letrado, siendo parte codemandada el Ayuntamiento de Sant Bol de Llobregat, representado y defendido por el Letrado Sr. Pinazo López, en relación con instrumentos de planeamiento, siendo la cuantía del recurso indeterminada, y, atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

Segundo

Conferido traslado a las partes demandadas, contestaron la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendieron aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 22 de octubre del 2.001.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del acuerdo de la Consellería de Política Territorial i Obres Publiques de la Generalitat de Catalunya de 26 de enero de 1.998, aprobando definitivamente la modificación puntual del Plan General Metropolitano para la delimitación del nuevo sector para la apertura del cruce de las calles Viuda Vives, Tres d Abril y Sant Joan Bosco de Sant Boi de Llobregat.

Segundo

Denuncia la parte actora en primer término la existencia de una inmotivada y arbitraria delimitación del ámbito de la modificación, cuando su Memoria dice tener por objeto el hacer viable la ejecución del sector, procediendo a la apertura de las calles, incluyéndose no obstante el sector de su propiedad, radicado en tramo abierto y urbanizado, sin seguirse el mismo criterio con otras fincas en idéntica situación que han sido excluidas y sin que la Memoria explique la desigualdad de tratamiento a situaciones idénticas.

Esta Sala y Sección tiene declarado reiteradamente respecto a la falta de motivación en materia de planeamiento urbanístico, que el párrafo inicial del artículo 38.1 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, de 23 de junio de 1.978, referido al Plan General, acierta a condensar su restante y larga redacción diciendo que la Memoria analizará las distintas...

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