STSJ Extremadura , 28 de Enero de 2000

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2000:174
Número de Recurso280/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 94 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA En Cáceres a veintiocho de Enero de dos mil. Visto el recurso contencioso administrativo nº 280 de 1997 promovido por el recurrente D. Pedro Antonio siendo demandada LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA representado por el Procurador Sra. Muñoz García,; recurso que versa sobre: "Resolución por parte de la Universidad de Extremadura sobre la desestimación de la exención de abono de la matricula de la hija del recurrente Dª. María Virtudes , en la Facultad de Ciencias, Sección Matemáticas.".

C U A N T I A: 50.502,- pesetas

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ELENA MENDEZ CANSECO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S PRIMERO.- El acto administrativo que somete a la consideración del Tribunal el Sr. Juan Manuel es la resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de 17 de diciembre de 1.996, por la que se denegaba el reconocimiento de matrícula gratuita y la devolución de la cantidad satisfecha en concepto de precio público por enseñanza universitaria durante el curso académico 1.996/1.997, en el que estuvo matriculado en la Facultad de Ciencias de dicha Universidad. Se suplica en la demanda que, con revocación del acto impugnado, se reconozca el derecho a la exención solicitada y a la devolución del precio público satisfecho. A tales pretensiones se opone la defensa de Universidad que considera el acto ajustado a Derecho, suplicando su confirmación con la desestimación del proceso.

SEGUNDO

Las cuestiones que se suscitan en esta "litis" han sido ya retiradamente abordadas por este Tribunal, pronunciándose en sentido contrario a las pretensiones accionadas en la demanda. En efecto, se refiere el debate a determinar si durante el curso...

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