STSJ Galicia , 16 de Febrero de 2001

PonenteMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA
ECLIES:TSJGAL:2001:1259
Número de Recurso7246/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0007246 /1997 RECURRENTE: Paulino ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. MARGARITA PAZOS PITA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 107/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ Dª. MARGARITA PAZOS PITA En la Ciudad de A Coruña, dieciseis de febrero de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0007246 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Paulino , con D. N.. I. /C. I. F NUM000 domiciliado en c/ DIRECCION000 NUM001 - Ordenes (A Coruña), representado y dirigido por el Letrado D/ña. CELINA BRAÑAS FERNANDEZ, contra Acuerdo de 19 -6 -96 desestimatorio de Rec. 15 /1384 /95 contra otro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Santiago sobre liquidación provisional por Impuesto Renta Personas Físicas, ejercicio 1993.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del, asunto es determinada en 416.817 ptas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. MARGARITA PAZOS PITA

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 6 de Febrero de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - A través del presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del TEAR de Galicia de fecha 19 -6 -96, desestimatoria de la reclamación formulada contra acuerdo dictado por la Administración en Santiago de Compostela de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por el que se practicó liquidación provisional relativa al impuesto sobre la renta de las personas físicas, ejercicio 1993 y cuantía 416.817 ptas.

    La resolución recurrida, tras exponer que el interesado presentó declaración por el impuesto y período de referencia optando por el régimen de declaración conjunta con sus; dos hijos menores de edad, formulando su esposa declaración individual, e invocando los arts 86, 87 y 88 de la Ley 18 /91 de 6 de junio, concluye que el interesado, su esposa e hijos constituyen una unidad familiar en la que uno de sus miembros -la esposa del reclamante- optó por la tributación individual, y, en...

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