STSJ Andalucía , 8 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2002:13796
Número de Recurso1458/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

5 M.E. SENTENCIA NÚM. 2826/02 Autos nº 958/01 Social Uno de Almería ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOS La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1458/02 , interpuesto por Agustín contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO DE ALMERIA en fecha 8 DE FEBRERO DE 2002 en Autos núm. 958/01, ha sido ponente el Iltmo. Sr. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Agustín en reclamación sobre CONTRATO DE TRABAJO contra CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 8 DE FEBRERO DE 2002 , por la que desestimando la demanda formulada por D. Agustín frente al Consejería de justicia y Administración Publica de la Junta de Andalucía, debiendo absolver y absuelvo a dicha demandada de la pretensión frente a la misma formulada.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Agustín ,mayor de edad, cuyas demás circunstancias obran en autos, presta servicios como personal laboral de la Junta de Andalucia,con las categorías de Peón y desde el año 1992 de ordenanza, habiendo participado en el concurso de promociono interna del personal laboral, solicitando la categoría profesional de Monitor de Educación Especial, Código 8970004.

SEGUNDO

En las listas provisionales de adjudicatarios el actor apareció excluido por el motivo 55:

correspondiendo a no acredita estar en posesión de la titulación académica exigida.

TERCERO

La plaza a la que solicitó el actor, por concurso de promoción, Código 897004, corresponde a la categoría de monitor de educación especial.Dicha categoría exige según lo establecido en el Convenio colectivo y así publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 31 de mayo de 1997, estar en posesión del titulo de FP2(Educador de Disminuidos psíquicos), formación o experiencia laboral especializada en la misma materia.

CUARTO

El actor mantiene que la convocatoria la relación de puestos de trabajo exigen, para el desempeño del puesto de trabajo y la categoría profesional, de monitor estar en posesión de la titulación de B.U.P, Bachiller Superior, FP II ó equivalente: titulación que acredite...

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