STSJ Navarra , 9 de Enero de 2003

PonenteIGNACIO MERINO ZALBA
ECLIES:TSJNA:2003:12
Número de Recurso116/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona, a nueve de enero de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 116/01, promovido contra Acuerdo del Gobierno de Navarra de 5 de junio de 2.000, desestimatorio del recurso de alzada interpuesto contra la Orden Foral 1473/1999, de 13 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y vivienda, pro la que se sanciona con multa de 90.001,- ptas. y pérdida de la licencia de caza, siendo en ello partes: como recurrente D. Carlos María ,representado por la procuradora Sra. Gonzalez Rodriguez y dirigido por el letrado Sr. Flamarique; y como demandado GOBIERNO DE NAVARRA representado y dirigido por su Asesor Jurídico-Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente contencioso se impugnan las resoluciones reseñadas en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarlas en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.

SEGUNDO

El Gobierno de Navarra se opone a todo ello sustentando la legalidad de los acuerdos impugnados, siguiendo la línea marcada por las resoluciones combatidas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.

TERCERO

Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 8 de Enero de 2003 a las 1.30 horas.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO MERINO ZALBA.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se cuestionan los acuerdos impugnados, ya identificados en el encabezamiento que precede al inicio de esta sentencia, por diversas razones como son las de :

Vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Vulneración del derecho de defensa.

Vulneración de las normas legales de procedimiento.

Vulneración del principio de contradicción.

Vulneración del principio Non Bis In Idem.

SEGUNDO

Comenzamos por examinar las dos primeras causas, con sus motivaciones que, en definitiva, pueden refundirse en una sola en cuanto se considera que en la instrucción del procedimiento sancionador se ha causado indefensión a la entidad recurrente al no haberse practicado la prueba por ella propuesta (esencial para poder determinar si el actor cometió la infracción que se le achaca) y, no solo ello, sino que siquiera fue objeto de resolución motivada que justificara su denegación.

TERCERO

El tema central queda, por tanto, delimitado a la falta de la prueba, o bien a su no práctica por parte de la Administración, cuando ésta fue solicitada en defensa de la proponente.

En este sentido la Administración demandada nos viene a decir que (se trata de infracciones en materia de caza) la presunción de inocencia queda desvirtuada (en este caso) tras el examen de la denuncia y contrainforme efectuado por el guarda de caza ratificado del agente denunciante.

Mas ésta no es propiamente...

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