STSJ Aragón , 12 de Junio de 2000

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2000:1525
Número de Recurso345/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 345/1.999 Sentencia número: 639/2.000 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a doce de junio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 345 de 1.999 (Autos núm. 20 de 1.999), interpuesto por la parte demandante Dª. Fátima , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de TERUEL, de fecha 24 de febrero de 1.999, siendo demandado DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN (Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo), sobre DECLARATIVA DE DERECHO (jornada trabajo y horario). Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Fátima , contra Diputación General de Aragón (Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo) sobre Declarativa de Derecho (jornada trabajo y horario); y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Teruel, de fecha 24 de febrero de 1.999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Desestimo la demanda interpuesta por Fátima y absuelvo a la entidad demandada SERVICIO PROVINCIAL DE TERUEL DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL TRABAJO DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN de la pretensión que aquella contiene".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º. - La actora Fátima presta servicios, como personal laboral con contrato indefinido, para la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, desde el 1 de agosto de 1997, con la categoría profesional de Personal de Servicios Auxiliares que desempeña el Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo.

  1. - Desde la fecha de su contratación, en la que se le asignó un puesto de trabajo con cometidos principales específicos (atención a la centralita telefónica, preparación de correspondencia, control de entrada de personal y control de luces y puertas), la actora desarrolla su jornada de trabajo en horario de 10 a 13 horas y de 16 a 20 horas, aunque en agosto de 1998 la realizó en horario de mañana. Siendo desempeñado dicho puesto por anteriores trabajadores que lo ocupaban también en régimen de...

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