STSJ Murcia , 23 de Febrero de 2000

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2000:653
Número de Recurso2546/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 2546/97 SENTENCIA nº. 198/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 198/00 En Murcia a veintitrés de febrero de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 2546/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 1.196.361 ptas., y referido a: providencia de apremio levantada para el cobro de liquidación de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Parte demandante:

Dª. Marta , representado por el Procurador D. Jaime García Navarro y dirigido por el Abogado D. Francisco Javier Sánchez Fajardo.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y defendidas por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 30 de mayo de 1997 desestimatoria de la reclamación económico administrativa R-30/2062/96 interpuesta contra el acuerdo de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que inadmitió por extemporáneo el recurso potestativo de reposición formulado frente a la certificación de descubierto providenciada de apremio levantada para el cobro en vía ejecutiva de la liquidación girada por Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por importe de 955.301 ptas. (más del 20/100 de recargo).

Pretensión deducida en la demanda:

Que con estimación del presente recurso se proceda a dejar sin efecto la liquidación tributaria de la que nace el presente recurso con expresa imposición de costas a la Administración recurrida.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 23-9-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en autos y cuya valoración en su caso se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 11-2-00.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La cuestión litigiosa a resolver en el presente recurso contencioso administrativo consiste en determinar si la resolución del TEARM impugnada es conforme a Derecho en cuanto desestima la reclamación económico administrativa formulada por el actor frente al acuerdo de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que inadmite por extemporáneo el recurso de reposición potestativo...

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