STSJ Murcia , 30 de Enero de 2003

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2003:229
Número de Recurso1275/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

4 RECURSO nº 1.275/99 SENTENCIA nº 41/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 41/03 En Murcia a treinta de Enero de dos mil tres.

En el recurso contencioso administrativo nº 1.275/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Parte demandante: Dña Nieves representada por el Procurador Don Fernando García Morcillo y defendida por la Letrada Dña María Luisa López Turpín.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por el

Sr. Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de abril de 1999 que desestimaba la reclamación nº 30/2651/98 planteada por la recurrente contra la liquidación nº 98167/98 y el expediente de comprobación de valores incoado por la Administración.

Pretensión deducida en la demanda: Se estime la demanda declarando no ser conforme a Derecho la resolución impugnada, y en consecuencia anule el expediente de comprobación de valores nº

1994/MO/TR/3193 y la liquidación a que da lugar.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 8 de septiembre de 1999 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 24 de Enero de 2003.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La actora adquirió el derecho de sobre-elevación en segunda planta de un edificio sito en Molina de Segura; igualmente Dña Marí Jose , hermana de la anterior, adquirió el mismo derecho respecto de la primera planta, todo por un precio conjunto de 800.000 ptas. según reza en la escritura. Ambas hermanas presentaron modelo 600, autoliquidando la adquisición por el Impuesto sobre transmisiones, sobre un valor declarado de 800.000 ptas e ingresando la cantidad de 48.000 ptas. Al no estar de acuerdo la Administración tributaria, incoa expediente de comprobación de valores 1994/MO/TR/3193, emitiendo dictamen de valoración el técnico...

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