STSJ País Vasco , 19 de Julio de 2002
Ponente | MANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES |
ECLI | ES:TSJPV:2002:3684 |
Número de Recurso | 2390/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2390/99 DE ORDINARIO.LEY 98 SENTENCIA NUMERO 545/2002 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:
D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA D. MANUEL JOSE BAEZA DIAZ PORTALES En la Villa de BILBAO, a diecinueve de julio de dos mil dos. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2390/99 y seguido por el procedimiento ORDINARIO LEY 98, en el que se impugna: el acuerdo de 5-7- 99 del T.E.A.F. de Bizkaia desestimatorio de la reclamación 3246/95 contra acuerdo desestimatorio de la solicitud de devolución de cantidades ingresadas en concepto de apremio, intereses de demora y costas consecuencia de deuda en concepto de impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Raúl , D. Constantino , D. Carlos María , Dª María Inmaculada , D. Inocencio , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , Dª
Guadalupe , D. Juan Ramón , Dª Maribel , D. Roberto , Dª Regina , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , D. Juan Miguel , Dª Camila , D. Víctor , Dª Fátima , D. Héctor , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , Dª Estela , D. Jon , Dª Mercedes , D. Cosme , Dª María Luisa , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , Dª María Rosa , D. Carlos Manuel , Dª Consuelo , D. Miguel , Dª Marcelina , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , D. Luis Pablo , Dª Beatriz , D. Sergio , Dª Margarita , D. Leonardo , y otros 46 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) , Dª María Cristina , D. Casimiro , Dª Juana , D. Alfonso , Dª Alejandra , y otros 48 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión)
Representados por la Procuradora Dª MARGARITA BARREDA LIZARRALDE y dirigido por el Letrado D. TOMAS BARREDA LIZARRALDE.
Como demandada DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representado por la ProcuradoraDª MARIA
BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigido por Letrado.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. MANUEL JOSE BAEZA DIAZ PORTALES, Magistrado de esta Sala.
El día 26 de octubre de 1999 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª MARGARITA BARREDA LIZARRALDE actuando en su actuando en nombre y representación de los ya mencionados en el encabezamiento de esta resolución, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de 5-7-99 del T.E.A.F. de Bizkaia desestimatorio de la reclamación 3246/95 contra acuerdo desestimatorio de la solicitud de devolución de cantidades ingresadas en concepto de apremio, intereses de demora y costas consecuencia de deuda en concepto de impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; quedando registrado dicho recurso con el número 2390/99.
La cuantía del presente recurso quedó fijada en 11.803.358.- Pts. SEGUNDO.- En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que: 1.- Estime el presente recurso contencioso administrativo. 2.- Anule el Acuerdo recurrido por ser contria a Derecho. 3.- Se declare el derecho de mi representados a la devolución del total del ingreso efectuado para la liberación de cargas, es decir la cantidad de 43.456.406.- pesetas, o subsidiariamente el importe de las 92.599 pesetas, de gastos de registro, 5.380.150 de intereses, 6.330609 recargo de apremio, en total 11.803.358 TERCERO.- En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso en todos sus pedimentos y todo lo demás que legalmente proceda, confirmándose en consecuencia el Acto Administrativo impugnado, con expresa imposición de las costas de este proceso a la parte demandante.
El procedimiento no se recibió a prueba por no solicitarlo las partes ni estimarlo necesario esta Sala.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.
Por resolución de fecha 04/07/02 se señaló el pasado día 09/07/02 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
II
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Bizkaia de fecha 5.7.1999 por el que se desestima la reclamación económico-administrativa nº 3.246/95 promovida contra el Acuerdo del Jefe de Recaudación desestimatorio de la solicitud de devolución de cantidades ingresadas en concepto de recargo de apremio, intereses de demora y costas derivadas de Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En definitiva, lo que pretenden los...
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